Foro / Maternidad

Duda sobre permiso paternidad.(15 dias)

Última respuesta: 8 de agosto de 2007 a las 18:18
A
adanay_8807499
8/8/07 a las 1:16

Mi duda es: si por ejemplo me pongo de parto un tal dia 20 pero solo he roto aguas y la criaturita no nace hasta el 21 por la tarde, ese dia o sea el 20 que ya estoy en el hospital, contarian lo 15 dias de paternidad o es desde el primer dia que nazca el bebé? y alguna sabe si hay que llevar algún papel a la empresa de tu marido para solicitar ese mismo permiso?. Muchas gracias a todos.

Ver también

W
walda_6950152
8/8/07 a las 15:33

Falta el certificado de empresa
Yo tengo ya en casa los papeles que me dio la seg.social, y tienes que llevara la empresa para q te rellenen el "certificado de empresa para solicitud de paternidad"

I
ilia_5651363
8/8/07 a las 15:59

¿y si el papa es autonomo,?
Hola mi marido es autónomo y no se como fuenciona lo de la baja de paternidad ¿lo sabeis vosotras?

W
walda_6950152
8/8/07 a las 18:18
En respuesta a ilia_5651363

¿y si el papa es autonomo,?
Hola mi marido es autónomo y no se como fuenciona lo de la baja de paternidad ¿lo sabeis vosotras?

Copio
literalmente de la pagina de la seg social:
EXHIBICIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL Y EN VIGOR

1. Acreditación de identidad del interesado mediante la siguiente documentación en vigor:

* Españoles: (DNI).
* Extranjero:
o Número de identificación de extranjeros (NIE) y pasaporte o documento/carta de su país (UE, EEE y Suiza).
o Tarjeta de identidad de extranjero (TIE), resto de países.

PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL Y EN VIGOR Y FOTOCOPIAS COMPULSADAS O COPIAS PARA PROCEDER A SU COMPULSA

2. Documentación relativa a la cotización:

* Trabajador por cuenta ajena del Régimen General: Certificación de la última empresa en la que ha trabajado.
* Trabajador por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario: Certificaco de empresa, cumplimentado conforme al TC 2/8 del mes anterior al inicio del descanso maternal y justificantes de pago de los tres últimos meses (TC 1/9).
* Para los Artistas y Profesionales Taurinos declaración de actividades (TC 4/6) y justificantes de actuaciones (TC 4/5) que no hayan sido presentados en la Tesorería General de la Seguridad Social.
* Trabajador por cuenta propia: Justificantes de pago de cuotas de los tres últimos meses.
* Representantes de Comercio: Justificantes del pago de cuotas de los tres últimos meses (TC 1/3).

3. Declaración de Situación de Actividad, sólo para los trabajadores del Régimen Especial de Autónomos.

4. Libro de familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil.

saludos

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