Foro / Maternidad

"permiso retribuido" ¡urgente!

Última respuesta: 25 de enero de 2007 a las 23:56
D
dayane_6446104
25/1/07 a las 17:42

Mi pregunta es: ¿ Los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad tienen un permiso retribuido de 2 días por el nacimiento de hijo? Por ejemplo: mi madre, mi suegra, mi hermano, mi cuñada,... Según lo que pone en el Artñiculo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores si tienen ese permiso retribuido. Eso entiendo yo. ¿Alguien me lo puede confirmar?

Embarazada de 40+5

Muchos besos.

Ver también

A
an0N_784050299z
25/1/07 a las 23:56

No cielo
lo siento pero has entendido mal, te dice claramente y copio textual del estatuto:

" Dos días en los casos de nacimiento de hijo o enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días."

esto quiere decir que dan dos dias en el caso de nacimiento de hijo, el termino hijo solamente lo pueden utilizar tu y tu pareja, el resto seran nieto sobrino etc...
lo de parientes hasta segundo grado de consanguinidad se refiere para el caso de enfermedad grave o fallecimiento. los dos dias solamente le corresponden a tu pareja, espero haberte explicado
besitos

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