Foro / Maternidad

Ayuda dudas sobre baja enfermedad

Última respuesta: 24 de agosto de 2010 a las 21:55
N
nury_8090674
23/11/08 a las 9:55

Hola chicas haber si alguien me puede aclarar lo siguiente. Estoy embarazada de mellizas y el martes tengo que ir a la unidad de embarazo de alto riesgo para que me lleven un control del crecimiento de una de ellas que esta algo mas pequeña que la otra. El caso es que mi ginecologo me dijo la semana pasada que si fuese pensando en cogerme la baja y que seguramente en el hospital me den aunque este todo bien por ser embarazo gemelar. Yo se que existen dos tipos de baja la de enfermedad y la de alto riesgo, alguien me puede explicar cual es la diferencia para mi y para mi jefe. Yo trabajo en una empresa familiar que con la crisis lo esta pasando muy mal y ya se que a mi no debe de importarme y que tengo que pensar en mi y sobre todo en mis niñas pero me imagino que como nos pasa a muchas me siento hasta mal de tener que cogerme la baja ya.

Tambien me estaba planteando la opcion de proponerle que me despida y asi poder beneficiarme del paro durante los siguientes dos años mas la baja de maternidad y asi poder estar con mis niñas ya que me compensa mas cobrar el paro que creo que cobro el maximo que cogerme una media jorenada y cobrar la mitad y ademas pagar dos guarderias. Si a mi me dan ahora una baja por enfermedad o por alto riesgo influye en algo para poder cobrar luego el paro?

Bueno si alguien me puede aclara algo lo agradeceria
Saludos y besos para todas

Ver también

C
carol_5155410
24/11/08 a las 12:19

A ver si te puedo aclarar algo...
Esas dos bajas diferentes que dices que existen, no son tan diferentes, simplemente, la causa es la diferencia, pero a todos los efectos ambas son bajas por enfermedad común. La única diferencia práctica, es el tiempo de la baja, cuando se tiene un embarazo de alto riesgo y te dan la baja, el médico de cabecera te la irá renovando sin plantearse una posible alta. Si el motivo es ciática, mareos, sangrados, etc. el médico valorará si seguir o no dándote la baja. Por tanto, no hay tal diferencia, puesto que ambas son bajas por enfermedad común y para ti y para tu empresa son iguales, la única diferencia como te decía radica en que si te dan la baja por alto riesgo por embarazo gemelar, lo normal es que ya estés de baja hasta el nacimiento de las mellizas. En ambos casos cobrarías, si la empresa no está obligada por convenio a complementar hasta el 100 %, los 3 primeros días de baja nada, del 4 al 20 día el 60% de la base de cotización a la SS del mes anterior a la baja y del 21 día en adelante el 75% de dicha base de cotización. Los primeros 15 días son a cargo de la empresa, el resto son a cargo de la SS. Eso sí, durante todo el tiempo de la baja, la empresa tiene que hacerse cargo de la SS del trabajador.

Sí existe una baja por riesgo, que es diferente, pero es por riesgo en el trabajo. Esta baja es totalmente diferente, se concede la suspensión del contrato por riesgo, pero depende no de tu embarazo, sino de que el trabajo que desarrolles no se pueda realizar en tu estado. No sé qué puesto de trabajo tienes, si entraña riesgos para ti o los fetos. Esta baja sí sería distinta tanto para ti como para tu empresa, puesto que ni se cobra lo mismo ni se paga la SS del trabajador. Pero se concede en los casos en los que el trabajo implica manipular cargas, exposición a agentes químicos, trabajos con radiaciones, etc. En este caso, tú cobras el 100% de la base de cotización, pagada por la SS y como se suspende el contrato, la empresa tampoco paga tu SS.

En cuanto a lo de "pactar un despido", en estos momentos es muy difícil de realizar, puesto que aunque a ti te interese, estas cosas están muy vigiladas en el INEM. Durante todo el embarazo y hasta que tus niñas tengan 9 meses, el despido sería considerado nulo y tendrían que readmitirte. Por tanto, aunque a ti te interese no podrían hacerlo.

Un saludo.

N
nury_8090674
24/11/08 a las 12:34
En respuesta a carol_5155410

A ver si te puedo aclarar algo...
Esas dos bajas diferentes que dices que existen, no son tan diferentes, simplemente, la causa es la diferencia, pero a todos los efectos ambas son bajas por enfermedad común. La única diferencia práctica, es el tiempo de la baja, cuando se tiene un embarazo de alto riesgo y te dan la baja, el médico de cabecera te la irá renovando sin plantearse una posible alta. Si el motivo es ciática, mareos, sangrados, etc. el médico valorará si seguir o no dándote la baja. Por tanto, no hay tal diferencia, puesto que ambas son bajas por enfermedad común y para ti y para tu empresa son iguales, la única diferencia como te decía radica en que si te dan la baja por alto riesgo por embarazo gemelar, lo normal es que ya estés de baja hasta el nacimiento de las mellizas. En ambos casos cobrarías, si la empresa no está obligada por convenio a complementar hasta el 100 %, los 3 primeros días de baja nada, del 4 al 20 día el 60% de la base de cotización a la SS del mes anterior a la baja y del 21 día en adelante el 75% de dicha base de cotización. Los primeros 15 días son a cargo de la empresa, el resto son a cargo de la SS. Eso sí, durante todo el tiempo de la baja, la empresa tiene que hacerse cargo de la SS del trabajador.

Sí existe una baja por riesgo, que es diferente, pero es por riesgo en el trabajo. Esta baja es totalmente diferente, se concede la suspensión del contrato por riesgo, pero depende no de tu embarazo, sino de que el trabajo que desarrolles no se pueda realizar en tu estado. No sé qué puesto de trabajo tienes, si entraña riesgos para ti o los fetos. Esta baja sí sería distinta tanto para ti como para tu empresa, puesto que ni se cobra lo mismo ni se paga la SS del trabajador. Pero se concede en los casos en los que el trabajo implica manipular cargas, exposición a agentes químicos, trabajos con radiaciones, etc. En este caso, tú cobras el 100% de la base de cotización, pagada por la SS y como se suspende el contrato, la empresa tampoco paga tu SS.

En cuanto a lo de "pactar un despido", en estos momentos es muy difícil de realizar, puesto que aunque a ti te interese, estas cosas están muy vigiladas en el INEM. Durante todo el embarazo y hasta que tus niñas tengan 9 meses, el despido sería considerado nulo y tendrían que readmitirte. Por tanto, aunque a ti te interese no podrían hacerlo.

Un saludo.

Muchas gracias
Muchas gracias, la verdad es que me has aclarado bastante lo unico sigo teniendo una duda si estando de baja quien te paga a partir de los 15 dias, te paga la seguridad social directamente como cuando estas de baja de maternidad o le pagan a mi jefe y este a mi? No se si me explico bien. El problema es que como comentaba yo tarabajo en una empresa familiar que esta pasandolo un poco mal y yo este mes todavia no he cobrado mi sueldo entero entonces lo que no quiero es estar de baja y ademas tener que andar reclamando mi nomina, por eso de alguna manera me planteaba la opcion de irme al paro y olvidarme durante un buen tiempo de todo.

En cuanto al paro ayer si que me comentaron que a partir del primer año no te pagan lo mismo y que si me llamaban 3 veces y rechazaba lo que me ofrecian no podria seguir cobrandolo no se hasta que punto teniendo dos menores a mi cargo puedo recharzar lo que me ofezcan o no.

Saludos y gracias por tu ayuda


A
arume_5531204
24/8/10 a las 21:55

Baja por embarazo de riesgo...
hola chicas, perdonadme porque soy nueva en esto y la verdad es que estoy muy agobiada... a ver si me podeis ayudar en algo...

el problema es que estoy de baja por embarazo de riesgo en mi empresa, pero estoy con un contrato de 6 meses y 3 de ellos de prueba, pues el problema es que estoy aun de prueba, y mi jefe me va a echar...y es que estoy muy agobiada porque me han dicho q yo seguiria cobrando la baja hasta el parto aunque el me eche..pero tambien me han dicho q si me echa el paro corre a la vez de la baja y solo tengo 4 meses dde paro y se me queda a las puertas de dar a luz a mi niña...eso es cierto???
espero q me podais ayudar porque entre el embarazo q llevo y estoy creo q me estoy agobiando demasiado y no se que va a pasar..

saludos a todas!!

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