Foro / Maternidad

Baja por maternidad + vacaciones

Última respuesta: 26 de julio de 2006 a las 17:39
M
marja_5554872
26/7/06 a las 9:12

Hola chicas!!

Tengo una duda que planteé a mi jefe y es si la empresa cierra por vacaciones y a mi me pilla la baja maternal en esas fechas, si las vacaciones son acumulables, vamos si acabando la baja tengo mi mes de vacaciones.
Él al principio me decía que no, yo tenía entendido que si y llamé al 012 (tf atención ciudadana Catalunya) y me dijeron q desde el 2004 salió una ley en la CEE que decía que si.
Pero aún así mi jefe no lo acaba de tener claro y por eso me gustaría saber vuestra opinión y experiencia.
Porqué está claro que si en tu empresa no cierran nunca y tu te puedes coger las vacaciones cuando quieras, es normal que se acumulen porqué no las cogeras estando de baja, pero... y si la empresa cierra?
Espero haberme explicado bien, a ver si me podeis aclarar el asunto.

Muchas gracias!!

p.d. Es que ayer empezamos a hacer los deberes y, como cumplamos, me pilla la baja maternal en pleno agosto que viene

Ver también

M
marja_5554872
26/7/06 a las 9:30

Muchas gracias
Ésto es lo que le decía yo, que yo tengo que disfrutar de mis vacaciones.
Además, no soy de esa gente que se aprovecha de los permisos, ellos se llevan muy bien conmigo y yo con ellos, pero en este caso (ya se lo dije) yo no quiero mis vacaciones por capricho las quiero porqué me corresponden y porqué dejar a mi bebé con 4 meses pues me parece muy poco, almenos así lo puedo alargar a 5 meses.
Mas opiniones por favor, tengo que estar bien convencida para poder discutirlo con él. Y si alguien sabe donde puedo encontrar esta ley seria perfecto.

Saludos!!

N
ndeye_8040763
26/7/06 a las 9:33

Hola mayflower
sí te corresponde, lo que pasa es que a tu jefe le conviene decirte que no, lógico.

Son dos situaciones diferentes, pues por ley tienes derecho a 30 días naturales de vacaciones por año trabajado, según consta en el Estatuto de los trabajadores y además tienes derecho a 16 semanas de baja por maternidad.

Consigue una copia de tu convenio y demuéstraselo.

Suerte.

Luyje.

M
marja_5554872
26/7/06 a las 9:42
En respuesta a ndeye_8040763

Hola mayflower
sí te corresponde, lo que pasa es que a tu jefe le conviene decirte que no, lógico.

Son dos situaciones diferentes, pues por ley tienes derecho a 30 días naturales de vacaciones por año trabajado, según consta en el Estatuto de los trabajadores y además tienes derecho a 16 semanas de baja por maternidad.

Consigue una copia de tu convenio y demuéstraselo.

Suerte.

Luyje.

Gracias!
Es que él me enseñó lo que dice el convenio y no dice nada de esto. dice que tienes 16 semanas de baja y 30 días de vacaciones, pero no hay ningún apartado que los ajunte
Ël es muy legal, va con la ley a rajatabla, por eso quiero conseguir donde dice que si q son acumulables para que él lo vea claro.
Yo creo y espero que llegado el momento lo vea claro, es que sinó me pillo baja por depresión post parto y andando....

Gracias!!!!!

U
urtza_8785078
26/7/06 a las 10:55

Hola
Te recomiendo que consultes todos estos temas con un enlace sindical, o acude a un sindicato para que alli los asesore te lo aclaren mejor. Besitos

N
naheed_6267883
26/7/06 a las 11:13

Claro que si
siempre que las disfrutes dentro del año, mi hijo nacio en julio, yo cagi mis 16 semanas de baja maternal y luego empalme con las vacaciones de verano.

A
an0N_851168299z
26/7/06 a las 17:06
En respuesta a marja_5554872

Muchas gracias
Ésto es lo que le decía yo, que yo tengo que disfrutar de mis vacaciones.
Además, no soy de esa gente que se aprovecha de los permisos, ellos se llevan muy bien conmigo y yo con ellos, pero en este caso (ya se lo dije) yo no quiero mis vacaciones por capricho las quiero porqué me corresponden y porqué dejar a mi bebé con 4 meses pues me parece muy poco, almenos así lo puedo alargar a 5 meses.
Mas opiniones por favor, tengo que estar bien convencida para poder discutirlo con él. Y si alguien sabe donde puedo encontrar esta ley seria perfecto.

Saludos!!

Yo tengo el mismo dilema
porque mi baja maternal coincidiría con el período en el que en mi empresa cogemos vacaciones. En personal me dijeron que no porque esto sería en octubre y mis vacaciones no las puedo disfrutar el año que viene, pero que no lo tiene claro, que lo tiene que mirar.
Yo creo que sí se puede porque entré en la página de la Seguridad Social y ahí dice lo siguiente:


Duración de los períodos de descanso

En caso de maternidad:16 semanas ininterrumpidas, salvo en los casos de parto prematuro o en aquellos en que el neonato deba permanecer hospitalizado después del parto, ampliables en 2 semanas más por cada hijo, a partir del segundo, si se trata de un parto múltiple.

Dicho período podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial.

Distribución del período de descanso:
A opción de la interesada, siempre que 6 semanas sean inmediatamente posteriores al parto. Durante estas 6 semanas, la madre no podrá disfrutar del permiso por maternidad a tiempo parcial, ya que se consideran de descanso obligatorio.

Supongo que podré coger esas 6 semanas posteriores al parto, después mis vacaciones ( tengo derecho a tenerlas porque no las he disfrutado) y después, el resto de la baja por maternidad (supongo).

Ya veremos en que queda esto!

Besitos!!

Maje + Luis 31 semanas

N
ndeye_8040763
26/7/06 a las 17:39
En respuesta a marja_5554872

Gracias!
Es que él me enseñó lo que dice el convenio y no dice nada de esto. dice que tienes 16 semanas de baja y 30 días de vacaciones, pero no hay ningún apartado que los ajunte
Ël es muy legal, va con la ley a rajatabla, por eso quiero conseguir donde dice que si q son acumulables para que él lo vea claro.
Yo creo y espero que llegado el momento lo vea claro, es que sinó me pillo baja por depresión post parto y andando....

Gracias!!!!!

Pero en ese caso
tendrías derecho a cobrar sólo un 60% de tu sueldo, pues una depresión post parto se considera 'enfermedad común' y no 'enfermedad laboral'.

Mi consejo es que busques la manera de demostrarselo, bien con la ley en la mano o bien a través de un asesor, pero no te dejes intimidar.

Te paso un par de enlaces donde se explican este tipo de casos:

http://www.20minutos.es/noticia/16036/0/

http://www.tea-cegos-seleccion.es/services/conseil-/excedenciasr.phtml#baja

Un beso.

Luyje.

Baja por maternidad y lactancia: esto es todo lo que debes saber
ISDIN Si-Nails

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