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Baja por riesgo laboral

Última respuesta: 1 de octubre de 2019 a las 6:58
B
babou_18626937
22/9/19 a las 13:34

Hola chicas. Estoy embarazada de 30 semanas. En mi caso trabajo de monitora de comedor y de vetlladora con niños de educación especial. Me incorpore al trabajo el dia 12 de septiembre que es cuando empiezan los colegios. Ultimamente estoy muy cansada y tengo bastantes molestias. Me gustaria saber si la seguridad social me daria la baja por riesgo laboral y si voy a cobrar mi sueldo 100%. Al no haber trabajado un mes entero cual seria mi sueldo a cobrar? Cobraría lo que voy a cobrar cada mes? O solo cobrare medio mes por haber trabajado solo eso? 
Un saludo 

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B
babou_18626937
22/9/19 a las 17:39

Yo por ejemplo tengo contrado de fija discontinua y el junio nos echan y el septiembre nos vuelven a coger. Por eso tengo la duda de cuanto cobraria...

I
iray_18472606
22/9/19 a las 16:21
En respuesta a babou_18626937

Hola chicas. Estoy embarazada de 30 semanas. En mi caso trabajo de monitora de comedor y de vetlladora con niños de educación especial. Me incorpore al trabajo el dia 12 de septiembre que es cuando empiezan los colegios. Ultimamente estoy muy cansada y tengo bastantes molestias. Me gustaria saber si la seguridad social me daria la baja por riesgo laboral y si voy a cobrar mi sueldo 100%. Al no haber trabajado un mes entero cual seria mi sueldo a cobrar? Cobraría lo que voy a cobrar cada mes? O solo cobrare medio mes por haber trabajado solo eso? 
Un saludo 

Hola Sandra, felicidades. El médico de SS sólo te puede dar baja por tu incapacidad laboral temporal. Y cobrarás bastante menos de lo normal. Si te refieres a riesgo de embarazo lo concede la Mutua que tu empresa tenga contratada. No tiene nada que ver una baja con otra, de hecho no se llama ni baja. Es una suspensión de contrato temporal y Mutua te paga el 100 % de la base de cotizaciones de la nómina anterior. Para tramitar el riesgo de embarazo con Mutua debes estar de alta imprescindible durante todo el proceso. Tu empresa te prepara un informe de riesgos laborales según tu puesto de trabajo, te dará unos documentos específicos que pide Mutua, a su vez, Mutua te da unos papeles los rellenas, por otro lado el médico de cabecera o tu gine de SS te dará un informe con las semanas de embarazo y la fecha probable de parto. Cuando lo tengas todo lo entregas en Mutua. Responderán antes de 30 días si te conceden el riesgo de embarazo (suspensión de contrato temporal cobrando e 100%) y si es así especificarán en qué fecha exactamente comienza. Recuerda durante todo el proceso debes estar de alta. Si causaras baja por cualquier motivo, se cancelaría expediente y se debe volver a empezar de nuevo.

En Internet hay tablas según la SEGO que te orientan un poco sobre en qué semana te correspondería a ti el riesgo de embarazo. Si te interesa tramitarlo lo debes hacer cuanto antes, y si no, pues baja por SS hasta el final del embarazo. Espero haberte orientado un poco. 

Un saludo. 

B
babou_18626937
22/9/19 a las 17:39
Mejor respuesta

Yo por ejemplo tengo contrado de fija discontinua y el junio nos echan y el septiembre nos vuelven a coger. Por eso tengo la duda de cuanto cobraria...

A
asunta_9664915
23/9/19 a las 16:07
En respuesta a babou_18626937

Hola chicas. Estoy embarazada de 30 semanas. En mi caso trabajo de monitora de comedor y de vetlladora con niños de educación especial. Me incorpore al trabajo el dia 12 de septiembre que es cuando empiezan los colegios. Ultimamente estoy muy cansada y tengo bastantes molestias. Me gustaria saber si la seguridad social me daria la baja por riesgo laboral y si voy a cobrar mi sueldo 100%. Al no haber trabajado un mes entero cual seria mi sueldo a cobrar? Cobraría lo que voy a cobrar cada mes? O solo cobrare medio mes por haber trabajado solo eso? 
Un saludo 

Cuando te pones enferma, te siguen pagando el 100%? Entonces, si tú médico te da la baja, seguirás cobrando el 100%

B
babou_18626937
1/10/19 a las 6:58
En respuesta a iray_18472606

Hola Sandra, felicidades. El médico de SS sólo te puede dar baja por tu incapacidad laboral temporal. Y cobrarás bastante menos de lo normal. Si te refieres a riesgo de embarazo lo concede la Mutua que tu empresa tenga contratada. No tiene nada que ver una baja con otra, de hecho no se llama ni baja. Es una suspensión de contrato temporal y Mutua te paga el 100 % de la base de cotizaciones de la nómina anterior. Para tramitar el riesgo de embarazo con Mutua debes estar de alta imprescindible durante todo el proceso. Tu empresa te prepara un informe de riesgos laborales según tu puesto de trabajo, te dará unos documentos específicos que pide Mutua, a su vez, Mutua te da unos papeles los rellenas, por otro lado el médico de cabecera o tu gine de SS te dará un informe con las semanas de embarazo y la fecha probable de parto. Cuando lo tengas todo lo entregas en Mutua. Responderán antes de 30 días si te conceden el riesgo de embarazo (suspensión de contrato temporal cobrando e 100%) y si es así especificarán en qué fecha exactamente comienza. Recuerda durante todo el proceso debes estar de alta. Si causaras baja por cualquier motivo, se cancelaría expediente y se debe volver a empezar de nuevo.

En Internet hay tablas según la SEGO que te orientan un poco sobre en qué semana te correspondería a ti el riesgo de embarazo. Si te interesa tramitarlo lo debes hacer cuanto antes, y si no, pues baja por SS hasta el final del embarazo. Espero haberte orientado un poco. 

Un saludo. 

Queria hacerte una consulta. Yo empece a trabajar el dia 12 de septiembre y ayer fui a la mutua para tramitar todos los papeles. A la hora de cobrar, cobraria lo que he cobrado el mes de septiembre o mi sueldo de todo el mes? 

ISDIN Si-Nails

ISDIN Si-Nails

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