Sobre algunos puntos:
Hola! Te comento algunas cosas por si te sirve de ayuda:
1) Respecto a si pueden despedirte estando de baja o embarazada, estando de baja sí despiden trabajadores, otra cosa es la procedencia o no del despido y las posteriores reclamaciones. Y si es "estando embarazada", he encontrado esto:
Artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores:
"5. Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas por la Constitución o la Ley, o bien con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. Será también nulo el despido en los siguientes supuestos:
a) El de los trabajadores durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento (...), o el notificado en una fecha tal que el plazo de preaviso termine en dicho periodo.
b) El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha del inicio del embarazo hasta (...) el periodo de suspensión y el de los trabajadores que estén disfrutando del mismo o hayan solicitado la excedencia.
En cualquier caso, este punto yo lo consultaría con algún abogado o sindicato.
2) Respecto de haber cogido ya la baja maternal, no ocurre nada, sólo que como tienes derecho a adelantarla hasta 10 semanas antes del parto,una vez nazca el bebé del total de 16 semanas de prestación se reduciría en el tiempo que la adelantaste.
De todas formas, al haberte despedido y encontrarte de baja médica ( IT), no tendría que intervenir el inem, sino que, en caso de no demandar a la empresa, hubieras cobrado el resto de IT hasta el parto a través de la Seguridad Social o la mutua (dependiendo de con quién lo tuviera concertado la empresa), y a partir de la fecha del parto, las 16 semanas de maternidad.
3) En principio al estar ya cobrando baja maternal, al inem tendrías que acudir una vez agotada la prestación (porque en la resolución que te envíe la SS tendrás las fechas de inicio y fin). En cualquier caso, consulta en el inem y así te quedas más tranquila.
Un saludo.