En respuesta a yuefen_7972567
Asesoramiento
Hola, como están !, en ningún lado del nuevo código dice que no se puede.lo que si dice es que hay que estar inscrito en el rúa y que solo después de los 45 días de nacido el bebé la familia biológica puede renunciar a el niño. yo fui asesorarme con una abogada, por lo que me dijo es que raramente el juez apruebe una adopción directa.salvo situaciones extremas como por ejemplo si la madre tiene una enfermedad terminal o demostrar que no puede sostener al bebe.pero depende de cada abogado y el juzgado que nos toque chicas.yo mañana voy asesorarme con otra abogada y les cuento.les dejo mi mail lolamarly1978@gmail. com
Nuevo código
Hola chicas, hoy fui a otra abogada.la verdad en el código nuevo dice que los padres biológicos pueden presentarse por voluntad propia y libres y decir que quieren renunciar a su niño/a.pero en ningún lado del código dice que los padres pueden elegir a quien dárselo, el juez puede decir; OK y el bebé queda en poder del estado, es decir algún a institución