... Creo que resulta interesarte informarse (leer el texto del anteproyecto, por ejemplo) por un@ mism@ antes que escuchar a tertulian@s de grupos de opinión de unas u otras emisoras/televisiones. En este artículo de El País (28/03) se expone con bastante claridad en qué consiste la modificación de la Ley, que tenía muchas lagunas y, que por cierto, también se aplicaba cuando gobernaba el PP (algo en lo que parece no haber reparado la jerarquía eclesiástica española). Con independencia de que estéis a favor o en contra (de abortar vosotras mismas, se entiende, ya que no existe ningún derecho a SUSTITUIR a l@s demás en sus decisiones), creo que es interesante que le echéis un vistazo (parece largo pero se lee rápido)
El aborto no se amplía, se acota
La ley de plazos cambia el modelo, pero no es más permisiva que la práctica actual - Hace falta precisar jurídicamente lo que es : La reforma que plantea el Gobierno, sin embargo, supone una restricción del aborto en muchos aspectos con respecto a la regulación actual, y, sobre todo, con respecto a su aplicación.
La ley actual, avalada por el Tribunal Constitucional en 1985, permite la interrupción del embarazo en tres supuestos: VIOLACIÓN (hasta las 12 semanas); MALFORMACIONES FETALES(hasta las 22 semanas) y GRAVE PELIGRO PARA LA VIDA O PARA LA SALUD FÍSICA Y PSÍQUICA DE LA MADRE. Esta última cláusula no tiene plazo y es la que sirve para que, en la práctica, aborte cualquier mujer. Quizá el Constitucional pensaba en patologías psicológicas o psiquiátricas graves, pero la aplicación práctica de este supuesto, al que se acogió el 97% de las 112.000 mujeres que abortaron en 2007 (última cifra oficial) no ha seguido ese camino.
Esta poca concreción jurídica ha provocado, además, que los hospitales públicos apenas lleven a cabo el 2% de los abortos que se practican anualmente. Hay médicos que son objetores de conciencia, pero muchos otros no se atreven a realizar una intervención en la que no saben si bordean la legalidad y por la que se les puede castigar, según el artículo 145 del Código Penal, con una pena de prisión de uno a tres años. La mujer que se produzca a sí misma un aborto o consienta "que otra persona se lo cause" se enfrenta, a su vez, a una pena de prisión de seis meses a un año o a una multa.
EL GOBIERNO ESPAÑOL PROPONE LO SIGUIENTE: POR PRIMERA VEZ SE CONFIGURARÁ EL ABORTO COMO UN DERECHO DE LA MUJER, DERECHO, ESO SÍ, LIMITADO EN EL TIEMPO. LAS EMBARAZADAS TENDRÁN 14 SEMANAS PARA DECIDIR SI QUIEREN SEGUIR ADELANTE O NO CON LA GESTACIÓN. Y NINGÚN MÉDICO NI 3 TENDRÁ QUE SUPERVISARLO. ÉSTA ES LA PRINCIPAL DIFERENIA CON LA REGULACIÓN ACTUAL.
PASADAS LAS 14 SEMANAS, QUE COINCIDE CON EL 1ER. TRIMESTRE DEL EMBARAZO, SE EXTINGUE EL DERECHO AL ABORTO, PERO TODAVÍA HABRÍA 2 POSIBILIDADES DE LLEVARLO A CABO HASTA LA SEMANA 22: POR GRAVES MALFORMACIONES FETALES (EN ESTE PUNTO LA REFORMA DEJARÁ EL PLAZO Y EL SUPUESTO TAL CUAL ESTÁ) Y POR GRAVE PELIGRO PARA LA MADRE O RIESGO PARA SU SALUD. LA NUEVA LEY PONDRÁ, ASÍ, UN LÍMITE DONDE AHORA NO EXISTE.
Una cuestión que no está clara es qué ocurrirá con las malformaciones fetales graves detectadas después de las 22 semanas
Y cómo serán sancionadas las mujeres que aborten fuera de los supuestos legales y los médicos que realicen la intervención? Lo único claro es que no habrá penas de prisión para las mujeres, pero aún no hay nada decidido
Una de las cuestiones más polémicas está siendo el consentimiento de las menores de 16 y 17 años. El Gobierno, aparentemente, no tiene dudas: quiere que puedan abortar por sí mismas sin necesidad de otros requisitos, como ocurre en todas las intervenciones médicas salvo la reproducción asistida, los ensayos clínicos y, hasta ahora, las interrupciones voluntarias de embarazos (Todavía por Decidir)
La ley que plantea el Gobierno, comparada con las europeas, es moderada. Entre Holanda, con 26 semanas de plazo libre para abortar, o Portugal, con 10, España tendría una regulación muy similar a la alemana (12 semanas de plazo libre y 22 para embarazadas en "situaciones de especial necesidad"). Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Francia, Reino Unido, Holanda, Italia, Noruega y Suecia tienen ley de plazos