Yo trabajé en renta y
por lo menos en Cataluña, la pareja de hecho no puede hacer declaración conjunta. Solo se puede hacer si hay matrimonio. Si conviven los progenitores y no están casados cada uno la hace individual y ambos se ponen al niño (como expliqué en mi mensaje anterior). Otra cosa es que los padres tengan domicilios diferentes, en ese caso uno puede hacer declaración conjunta con su hijo y ponérselo al 100 % y el otro pues nada, pone los datos pero en vinculación escoge la opción de que no convive con el infante y por lo tanto no se lo desgrava.
En cualquier caso es aconsejable llamar a Hacienda para asegurarse o revisar la página web porque allí está la ley y las instrucciones de ayuda.
Saludos