En respuesta a joelma_5729950
Perdona, te aclaro que si te despiden de un sitio sólo creo que sí puedes pedir el paro de ese trabajo. Al tener otro trabajo de media jornada (por ejemplo, 4 horas) cobrarías el paro proporcional del otro trabajo (otras 4 horas).
Si el trabajo que te queda es de 5 horas podrías cobrar el paro proporcional de 3 horas (siempre hay que completar las 8 horas que se estipulan de cotización diarias).
Si trabjas entre los dos trabajos más de 8 horas, el resto es cotización perdida.
Si te despiden de los dos sitios, tienes derecho a paro, se acumula la cotización en cuanto a tiempo cotizado (días/horas trabajados), pero CREO que no en cuanto a la cantidad a cobrar, tendrías que elegir entre cobrar por lo cotizado en uno o en otro trabajo (esto no lo se seguro).
Perdona, no me expliqué bien en el último párrafo, si te despiden de los dos tienes derecho a paro pero se acumulan hasta las ocho horas, si trabajas más de ocho es lo mismo que antes, cotización perdida en cuanto a cuantía a cobrar, pero sí se acumula en cuanto a tiempo cotizado.