Tranquila
Hola Babubabu, me alegro leerte, aunque sea de vez en cuando y me alegro que vaya todo bien.
Mira yo de interpretaciones de análisis no te puedo decir, pero si en lo que se refiere a la vigilancia de este tipo de enfermedades. Esta enfermedad pertenece a las que se denominan "declaración obligatoria" o algo así, se refiere a que los médicos que las atiendan tienen obligación de notificar al observatorio de vigilancia y que inmediatamente que se detecta un foco se aisla.
La inmigración trae muchas enfermedades, pero afortunadamente nuestra red sanitaria actúa rápidamente, el que se de cobertura sanitaria al inmigrante es para protegernos a los que ya estamos aquí, ya que al detectar cualquier caso se atiende inmediatamente.
Ten una vida tranquila y retirada, en la medida de tus posibilidades, para evitar posibles contagios; pero es que las posibilidades de contagio son prácticamente nulas, debido a la vigilancia.
Espero te pueda tranquilizar un poquito.
Te transcribo un apunte de incidencia que he encontrado en vacunas.net.
Muchos besos y feliz año nuevo.
Incidencia en España. La vacunación antirrubéola se introdujo en España en 1979 y destinada inicialmente a niñas de 11 años, con el fin de evitar la embriopatía rubeólica. En 1980, con la introducción de la vacuna triple vírica, se inició la vacunación en la población infantil. Dado que en nuestro país la rubéola se considera como enfermedad de declaración obligatoria desde 1982, no existen datos suficientes para estimar el efecto que la introducción de la vacuna ha tenido sobre su incidencia. En el año 2.000 se declararon en España 345 casos de rubéola (0,87 casos/100.000 habitantes).