Efectivamente,
tu marido tiene derecho a: coger su baja por paternidad (15 días), 10 semanas de tu baja por maternidad (las otras 6 son obligatoriamente para la madre después del parto), ambas con el 100% de la base reguladora a la SS.
Los trámites son ir a la SS y pedir unos impresos de baja por maternidad y baja por paternidad, en el primero tenéis que hacer constar que tú le cedes las 10 semanas que no son obligatorias. El segundo es para sus 15 días de paternidad.
Además allí os pueden solucionar cualquier duda que tengáis.
Un saludo.