Foro / Maternidad

Alguién k entienda mucho de excedencia por cuidado hijo

Última respuesta: 15 de febrero de 2010 a las 2:27
Y
yahel_6956155
14/2/10 a las 23:24

Resulta que mi hija nació en noviembre 2007 y en mayo 2008/(después permisos maternidad y vacaciones), pedí la excedencia por dos años, y como me quiero reincorporar en mayo 2010, que es cuando hace dos años de la excedencia , he ido ahora en febrero a decirlo con tiempo. Pues he odio que a los 2 años de excedencia te pueden quitar el destino(pues yo soy fija aprobe oposicion) y resulta que me han dicho que tenia que haberme reincorporado en noviembre del 2009 que es cuando la niña hizo 2 años, y yo entendí que eran 2 años desde que la pedi, no desde que nacio la niña. y encima el traumatologo me ha dicho que no puedo coger pesos y no me pueden reincorporar en el trabajo que hacia antes, pues cogia pesos y dicen no hay ninguno de administrativos que estan llenos. El caso es que no me han reincorporado....que tengo que esperar haber que me dice el trauma.Y encima no se si he perdido el destino¡¡¡
El caso es que no sé si esto es normal.
Alguièn lo sabe.

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A
aurore_5374116
15/2/10 a las 2:17

Lo de lo dos años,
depende de como este el convenio en tu empresa. En la mia te guardan el puesto año y medio, pero tambien es desde el momento que nace el bebe. Deberian haberte avisado por lo menos. Yo en mi caso he pedido reduccion de jornada, y me la dan hasta justo el mismo dia que mi niña cumpla los 10 años, al dia siguiente ya tengo que incorporarme a jornada completa. Y lo del cambio de puesto de trabajo, en tu caso ya no es por riesgo en el embarazo, que eso esta muy protegido, sino por circunstancias medicas tuyas, asi que en ese caso lo unico que puedes hacer es pedir un cambio de puesto y si la empresa se viene a buenas te lo intentaran buscar, y si no puedes hacer el trabajo que hacias anteriormente por salud, habla con tu medico de cabecera, en ese caso tendrias que coger baja medica y que te pasen a tribunal de incapacidad laboral para ese puesto de trabajo si el medico lo valora asi, pero si te la dieran, que tampoco es tan facil, (es un proceso un poco largo y hay que llevar informes y pruebas medicas) lo que no se es si la empresa en ese caso esta obligada a cambiarte de puesto o si al concederte la incapacidad cesa tu relacion con la empresa. De eso no estoy segura, deberias comentarlo con tu medico de cabecera. Espero haberte podido aclarar un poquito el asunto. Perdona que no ponga tildes, es que no me van en este teclado.
Saludos.

A
aurore_5374116
15/2/10 a las 2:27

Acabo de darme cuenta de que eres funcionaria
Asi que seguro que debes tener esas cosas contempladas por convenio, en cuanto a los temas de salud, me refiero. De todos modos, se me ha olvidado contarte una cosa que si que puedes hacer. Antes de reincorporarte, con los informes de tu traumatologo y medico de cabecera, puedes solicitar pasar reconocimiento medico en el servicio de salud laboral de tu trabajo. Alli el medico del trabajo que te vea, junto con tus informes tiene que emitir otro informe de resultado de tu reconocimiento donde indique tu aptitud para el puesto de trabajo, si es con limitaciones para el mismo, que las debera especificar para que despues te adapten tu puesto de trabajo, o si es imposible qu puedas realizar las funciones que anteriormente desempeñabas, el mismo puede solicitar que te cambien de puesto de trabajo. Estas cosas, cuando vienes de medicos ajenos a las empresas, las mismas no tienen por que hacer caso, pero si vienen de los medicos de su propio servicio de salud laboral, no tienen mas remedio que acatarlas. Eso si, debes llevarle al medico del trabajo los informes de tu traumatogo donde explique lo que te pasa y que es lo que el recomienda para ti, y ademas te tendran que explorar.

Espero que esto te sirva de mas ayuda.

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