Foro / Maternidad

Ayuda baja laboral¡¡¡¡

Última respuesta: 30 de octubre de 2006 a las 15:25
E
eire_8343050
24/10/06 a las 12:02

Hola me gustaria que alguien que tenga idea sobre las bajas laborales me explicase un poco, porque tengo alguna dudilla.

Cuando cojes la baja por enfermedad, el empresario que es lo que paga?, yo pienso que paga mi sueldo que no es el integro descontando los tres primeros dias de la baja, y del s.social que le descuentan? no lo paga? es que no tengo mucha idea y me gustaria enterarme

Si alguien entiende de esto agradeceria su contestacion.
Si estas de baja de enfermedad cuando das a luz, pasas de una baja a otra?

Muchas gracias,

Ver también

M
marjan_9167420
24/10/06 a las 12:17

Baja por maternidad
A ver, la baja por maternidad te la paga la seguridad social, el empresario pagaría a tu sustituto que tiene que entrar con la misma categoría laboral que tú.

Cuando estés de baja por maternidad, la empresa te dará unos papeles que tienes que llevar a la seguridad social y son ellos los que te van a ingresar la "nómina" directamente en tu cuenta.

La SS te paga, si estás por debajo del mínimo, te complementa hasta el mínimo y si estás por encima, te paga el sueldo que tienes como base en tu nómina, es decir, que faltarían los "complementos salariales". Luego hay empresas que ellos se hacen cargo de la diferencia.

Por ejemplo, mi empresa es de las que te paga ese complemento por lo que durante la baja maternal cobraré íntegro mi salario normal. Pero eso lo tienes que preguntar en tu empresa.

Espero haberte resuelto la duda (o parte).

E
eire_8343050
24/10/06 a las 12:41
En respuesta a marjan_9167420

Baja por maternidad
A ver, la baja por maternidad te la paga la seguridad social, el empresario pagaría a tu sustituto que tiene que entrar con la misma categoría laboral que tú.

Cuando estés de baja por maternidad, la empresa te dará unos papeles que tienes que llevar a la seguridad social y son ellos los que te van a ingresar la "nómina" directamente en tu cuenta.

La SS te paga, si estás por debajo del mínimo, te complementa hasta el mínimo y si estás por encima, te paga el sueldo que tienes como base en tu nómina, es decir, que faltarían los "complementos salariales". Luego hay empresas que ellos se hacen cargo de la diferencia.

Por ejemplo, mi empresa es de las que te paga ese complemento por lo que durante la baja maternal cobraré íntegro mi salario normal. Pero eso lo tienes que preguntar en tu empresa.

Espero haberte resuelto la duda (o parte).

Hola¡¡¡
No me referia a la baja por maternidad esa ya la tenia mas o menos clara, era en cuanto a la baja por enfermedad,

pero ya que me has comentado sobre la baja por maternidad, los complementos a los que te refieres son los de desplazamiento, antiguedad,incentivo y todos esos.Es que en mi nomina tengo estos complementos, entonces cuando cobre la maternidad, que voy a cobrar solo el salario base?, es que me habian dicho que en la baja por maternidad se cobra el 100% de la base de cotizacion, eso de los complementos no me lo habian dicho.

Gracias

O
oumnia_9370194
24/10/06 a las 15:34

Baja laboral por enfermedad,
Segun el estaturo de los trabajadores, los tres primeros dias no se pagan, del 4 al 21, se pagaría el 60% y a partir del 21 el 75%. Pero muchos convenios mejoran estas condiciones. Lo mejor para saber a que atenerte, es que lo comentes con rrhh de tu empresa o con algun delegado sindical. Ellos tienen la obligación de informar a los trabajadores

Un saludo,

Sara

M
marjan_9167420
24/10/06 a las 15:58
En respuesta a eire_8343050

Hola¡¡¡
No me referia a la baja por maternidad esa ya la tenia mas o menos clara, era en cuanto a la baja por enfermedad,

pero ya que me has comentado sobre la baja por maternidad, los complementos a los que te refieres son los de desplazamiento, antiguedad,incentivo y todos esos.Es que en mi nomina tengo estos complementos, entonces cuando cobre la maternidad, que voy a cobrar solo el salario base?, es que me habian dicho que en la baja por maternidad se cobra el 100% de la base de cotizacion, eso de los complementos no me lo habian dicho.

Gracias

Eso creo
Lo que me han explicado lo en mi dpto de RRHH es que los complementos los paga la empresa y que la SS sólo se hace cargo de eso, de la base que cotiza.

Espero no estarte liando pero eso es lo que he entendido. Lo mejor es que preguntes en tu empresa.

En cuanto a las bajas por enfermedad, la empresa tiene derecho a no pagarte los 3 primeros días, aunque rara es la que no lo paga ¿no?, el resto, efectivamente, lo paga la SS y al igual que con la de maternidad, sólo pagan la base que cotiza y la empresa te puede completar hasta el 100% si quiere pero no tiene obligación.

Saludos.

S
sindia_7192831
24/10/06 a las 17:02

Trabajo en una gestoria,
y entiendo un poco de bajas laborales por enfermedad laboral. La ley en general (estatuto) dice que los tres primeros dias de baja el trabajador no debe cobrar nada, del 4 al 15 dia de baja la empesa paga el 60% de la base de cotitacion del mes anterior al de la baja medica, del 16 al 20 la seguridad social paga tambien el 60% y del 21 para adelante la seguridad social paga el 75% de la base.
El caso es que hay convenios colectivos que garantizan al trabajador cobrar el 100% desde el primer dia de baja, hay otros que solo pagan el 100% los 5 primeros dias que estes de baja al año,...
En la empresa que trabajas puedes pedir el convenio al cual perteneces o sino en el contrato lo tiene que poner y entonces lo buscas en el google.
Para cualquier duda ya lo sabeis, cada convenio es un mundo, pero hay muchos que no mejoran la ley del Estatuto de los trabajadores.
Un beso
carol (14+1)

E
eire_8343050
24/10/06 a las 18:26

Hola¡¡¡
He mirado en mi convenio, es el de oficinas y despachos y pone que la empresa complementara hasta el 100% del salario mensual de cotizacion a la Seguridad social, excepto el prorrateo de las gratificaciones extraordinarias y de la participacion en beneficios, en los casos de enfermedad y accidentes de trabajo,a partir del primer dia mientras dure la I.L.T. con un limite maximo de 18 meses.

Sabeis eso que significa?

Gracias y perdonar, pero es que no tengo ni idea y me interesa saber algo.

S
sibila_6445562
24/10/06 a las 18:39
En respuesta a marjan_9167420

Eso creo
Lo que me han explicado lo en mi dpto de RRHH es que los complementos los paga la empresa y que la SS sólo se hace cargo de eso, de la base que cotiza.

Espero no estarte liando pero eso es lo que he entendido. Lo mejor es que preguntes en tu empresa.

En cuanto a las bajas por enfermedad, la empresa tiene derecho a no pagarte los 3 primeros días, aunque rara es la que no lo paga ¿no?, el resto, efectivamente, lo paga la SS y al igual que con la de maternidad, sólo pagan la base que cotiza y la empresa te puede completar hasta el 100% si quiere pero no tiene obligación.

Saludos.

Todo depende de la base de cotizacion de contingencias comunes
De los dias 1 al 4 no cobras nada, del 5 al 20 el 60% y a partir del 21 el 75% siempre de la base de cotizacion de contigencias comunes correspondiente al mes anterior al que coges la baja (si cotizas por meses), si cotizas por dias es de la base media diaria de los ultimos 30 dias. Esto siempre y cuando tu empresa no tenga otro convenio en el que siempre sera mejor, es decir es probable que te paguen el 100% que es lo que tienen muchos convenios. Esta baja como es por incapacidad temporal creo que la paga la empresa o su servicio de salud, pero vamos creo que eso es lo que menos ha de importar. En la baja de maternidad es el 100% de la misma base (la de contingencias comunes), esa es la que se cotiza a la SS por eso no te fijes ni en complementos ni en nada solo en esa base, es lo del final...

E
eire_8343050
24/10/06 a las 22:29

Gracias austi¡¡¡¡
Eso era lo que tenia entendido yo, que se cobra el 100% de la base de cotizacion que aparece en nomina, que incluye la paga y todo, porque la s.social en total te paga eso que seria tu sueldo mas la parte proporcional de las pagas que va incluida,

Gracias,

E
eire_8343050
25/10/06 a las 10:34

Hola
lo subo para ver si alguien me puede ayudar.

A
an0N_626170899z
30/10/06 a las 14:56

De todas maneras
hay un foro de derecho en el que te resolveran todas tus dudas. Se llama foro derecho laboral y dentro de el lexjuridica y accede a foro laboral.
Te lo digo porque no se si lo entiendo bien pero, supongo que estas embarazada asi que lo mas logico seria que segun del tiempo que estes, recurras a una baja laboral que puede ser lumbago o ciatica o cualquier cosa que sea por causas sobrevenidas por el trabajo . De esta forma cobraras a partir del 1er dia de baja, cosa que en baja por enfermedad lo harias a partir del 4. Despues de dar a luz solicitarias directamente la baja por maternidad. Es un lio verdad?

Espero haberte ayudado en algo

besos

A
an0N_957029199z
30/10/06 a las 15:25

Baja loboral!!
YO ESTOY DE BAJA, MI EMPRESA ME HA DICHO QUE VOY A COBRAR MAS O MENOS LO MISMO QUE ESTANDO TRABAJANDO.

UNA COSA ES LA BAJA POR ENFERMEDAD Y OTRA LA BAJA MATERNAL, CUANDO DAS A LUZ PASAS A LA BAJA MATERNAL.

YO TAMBIEN TENGO UNA DUDA, ALGUNA SABE SI EL MEDICO TE PUEDE DAR EL CONSENTIMIENTO ESTANDO DE BAJA DESPLAZARTE A OTRA CIUDAD A DAR A LUZ?

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