Tarde, pero si puedo solucionarte alguna duda...
Intentaré contestarte a tus preguntas:
"Si cojo una baja por it cobraré la baja maternal?", el cobrar o no la baja por maternidad no depende de que ahora cojas o no una baja por IT. La baja por IT te la dará el médico de cabecera, independientemente de que tengas o no derecho después a la baja por maternidad.
"cuánto cobraré estando de baja por it?", si tu convenio colectivo no lo mejora, los 3 primeros días de baja no cobrarás nada, del 4 al 15 día cobrarás el 60% de la base de cotización de la nómina del mes anterior al que coges la baja y a partir del día 16, el 75 % de dicha base de cotización. Puede que tu convenio lo mejore y te complemente la empresa alguna cantidad, sino, las que te digo.
"y con la baja por maternidad?" La baja por maternidad la cobrarías del INSS, siempre y cuando tengas estos requisitos: haber estado afiliada durante al menos nueve meses antes del día del parto y haber cotizado un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores al parto. Si cumples con dichas condiciones, cobrarás de la seguridad social la baja maternal y su importe depende de lo que hayas cotizado, siendo el 100% de la base de cotización media resultante.
Y por último comentas: "necesito cobrar la baja por maternidad y no sé si esta se verá afectada por el hecho de coger una baja por it el mes anterior". La base de cotización es la del mes anterior a la baja por IT, por lo que no te afectaría.
Un saludo.