En respuesta a anaisa_9364240
También estoy interesada
soy licenciada en ciencias del trabajo, pero el tema de los autónomos es algo con muchas lagunas y la verdad es que me interesa mucho, ya que en breve tendré montada mi propia empresa. Intentaré enterarme de lo que pueda y os lo cuento, aunque estaré pendiente por si alguién se me adelanta.
De todas formas creo que algunas de las cuestiones que planteas ya las puedo reslver:
- la cota de autónomo no se deja de pagar aunque estés de baja, si lo dejas de hacer deja de existir la razón por la que generas las prestación, la cuota se paga siempre, aunque estés de baja.
- Con respecto a lo de la baja, como sería una baja por enfermedad, tengo entendido que en el nuevo estatuto de los autónomos se contempla la posibilidad de cobrar un prestación cuando el autonomo cause baja por enfermedad común, que sería el caso, la cuestión es que creo que aun no está en vigor, otra cosa distinta sería que fuera accidente de trabajo, pero no es el caso.
- Respecto a la contratación de personas que no cubran al trabajador autónomo mientras estamos de baja, creo que la ayuda es de 3000 por contrato para las 16 semanas de baja por maternidad, aunque esto debo confirmarlo.
- Lo de los 100 euros, no lo sé, supongo, aunque sólo lo supongo, que si trabajas, sea por cuenta proipia o ajena, generas el derecho al subsidio. Este tipo de prestaciones no tienen deduciones fiscales.
- Con respecto a lo de la ayuda de los 2500 hay muha pardilla suelta que lanza bulos sin enterarse de las cosas primero, sin ánimo de ofender a nadie, si miras los presupuestos generales del estado para el año 2009 verás que hay un partida de unos pocos milllones que hace referencia a la ayuda familiar de 2500 euros para el nacimiento de hijo, de todas maneras de la forma que está la oposición del gobierno, y Jiménez los Santos, creo que sería un tema candente para reprocharle al gobierno si decidieran retirar los 2500, sería una bomba informativa y un chollo para la oposición.
- Con respecto a la prestación durante la baja, hay que hacer un cálculo sobre lo que pagas y cuánto tiempo llevas pagando, si has trabajado antes de cuenta ajena,.... la verdad es que para saberlo a ciencia cierta desde la página web de la Seguridad Social de tu comunidad, puedes saber cuánto cobrarías de prestación directamente a través de una calculadora que ellos tienen en la página, sólo tienes que meter unos datos y listo.
Aun tengo que mirar un par de cosas que me faltan por saber, sobre todo referente a la prestación por baja por enfermedad común, estatuto de los trabajadores autónomos y ayudas familiares varias.
Espero no haberte liado mucho, en cuanto tenga algo más ya te cuento.
Un saludo
Gracias por responder
Has contestado a casi todas mis preguntas, pero solo una cosa:
He llamado a mi asesor y dice que en el momento que se da a luz se puede nombrar a otro autonomo (en mi caso será mi marido que ya es autonomo con otra actividad) en tu lugar para que sea el quien cotice en lugar de tu misma, por lo que no habria que hacer cese de actividad para poder seguir facturando pero nosotras estariamos de baja por maternidad 16 semanas sin pagar la cuota, aunque segun me dicen haciendolo asi estamos exentas de pagarla durante 1 año.
Si os enterais de algo mas o cuando debemos hacer todo este papeleo, me contais
Besis