Foro / Maternidad

¿es verdad que han quitado lo de los 2500?

Última respuesta: 3 de abril de 2009 a las 12:09
A
aloia_5406973
30/3/09 a las 10:32

Me lo dijo el otro día un amigo que acaba de ser papá y dice que ahora miran solicitud por solicitud y no se lo dan a casi nadie...¿sabeis algo de esto??

BESOS

Ana

Ver también

A
antera_5284571
30/3/09 a las 10:41

Hola
Yo tengo una amiga ke ha tenido a su bebe el 18 de marzo y la ha pedido y no la han dicho nada de ke no la den, no se si se la habran ingrsado ya, el otro dia por lo ke dijo su marido si, perono estoy segura. De todas maneras no se ha oido nada, llvan estos rumores desde antes de principios de año. No creo ke lo kiten, sinceramente, si no kitan otras ayudas esta menos. Un saludo

J
jiayu_6016491
30/3/09 a las 10:42

Entra en la pagina de www.aeat.es
y ahi puedes ver los requisitos y documentacion que tienes que entregar para solicitarlos, en ningún sitio pone que no puedas superar una renta minima lo que significa que sigue vigente y que es para todo el mundo que cumpla esos requisitos.

N
ninel_7411412
3/4/09 a las 10:45

Todo obre el cheque bebe 2009
Es falso que el cheque bebé vaya a desaparecer en 2009

Es una Ley, no una cosa que pueda quitarse de la noche a la mañana, afirma el Gobierno :

Los niños seguirán llegando con un pan debajo del brazo en 2009 el próximo año.
Es imposible que la ayuda de los 2.500 euros por hijo desaparezca de buenas a primeras. De esta forma tan contundente se expresó ayer una portavoz del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ante el rumor, cada vez más extendido por la ciudad, de que el Gobierno planea eliminar el conocido como cheque bebé a partir de enero por culpa de la crisis económica.
Este bulo, como lo califican fuentes gubernamentales, ha crecido sustentado por la ignorancia de la gente y se ha expandido rápidamente gracias a internet, donde en numerosos foros muchos ciudadanos se han hecho eco de este rumor.
La razón por la cual esta ayuda estatal no va a desaparecer es simple y poderosa a la vez: es una Ley que se aprobó en el Parlamento. Pero por si a los escépticos puede que no les baste con las explicaciones del Ministerio de Trabajo y piensan que la norma se va a derogar, fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda recalcan que no hay ninguna instrucción ni orden de que esto vaya a pasar y recuerdan que cualquier medida económica que se tome en el Gobierno tiene que pasar antes por este gabinete y no hay nada previsto.
Así, que los padres que vayan a tener un hijo durante 2009 pueden respirar tranquilos porque es totalmente falso que se esté planeando derogar la Ley que regula el cheque bebé. Ni siquiera se está preparando una reforma que endurezca los requisitos para acceder a los 2.500 euros por nacimiento, tal y como se comenta en numerosos mentideros virtuales y que un buen número de preocupados lectores de VIVA CÁDIZ han hecho llegar a este periódico.
Tendría que quebrar el Estado, lo que ni se prevé que ocurra ni ha ocurrido nunca para que si quiera comience a pensarse en anular la ayuda. Además, el Gobierno recuerda que Zapatero afirmó que no se recortarán partidas para el gasto social y que antes, habría que tramitar la anulación de la Ley con una aprobación de los grupos políticos en el Parlamento, en un panorama que, ni de lejos, es el que el Gobierno afirma que se da actualmente. Ni próximamente.
La ayuda de los 400 euros del IRPF no corre peligro
El Gobierno quiso enviar ayer a través de VIVA CÁDIZ un mensaje de tranquilidad respecto a la vigencia del cheque bebé y también aprovechó para asegurar que la deducción de los 400 euros del IRPF también seguirá vigente el próximo año.
Así, los contribuyentes que perciban rentas del trabajo, asalariados y pensionistas, y quienes tengan rendimientos procedentes de actividades económicas se podrán volver a acoger a esta medida.
La letra pequeña del cheque-bebé



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Fuente: Ministerio de Asuntos Sociales





TODO SOBRE EL CHEQUE BEBE

1. ¿Qué es el cheque-bebé?

Es una ayuda de 2.500 que cobra la madre que ha tenido o adoptado un hijo desde el 1 de julio de 2007. El Senado aprobó el proyecto de ley que regula esta prestación el 6 de noviembre, y se plasmó en la Ley 35/2007, de 15 de Noviembre.


2. ¿Cómo se solicita?

La solicitud de esta ayuda se puede realizar a partir de la inscripción del niño en el Registro Civil.
Los formularios 140 y 141, necesarios para presentar la solicitud, pueden descargarse y presentarse por Internet con firma electrónica a través de web de la Agencia Tributaria o en sus oficinas. También en la web de la Seguridad Social o a través del teléfono 901 200 345.


3. ¿Es compatible con otras prestaciones familiares?

Sí, el cobro de esta ayuda no inhabilita recibir otras ayudas, como el pago por maternidad de 100 mensuales hasta que el niño cumpla los tres años. Además, las madres trabajadoras que cobren esta ayuda solo necesitarán rellenar el modelo 140 para percibir ambas prestaciones.


4. ¿Quién tiene derecho a la prestación?

Son beneficiarios las madres (o los padres en caso de fallecimiento de la madre) que hayan tenido o adoptado un hijo en España a partir del 1 de julio y siempre que lleven residiendo en España al menos dos años antes del nacimiento o la adopción. Es decir; si por motivos laborales o de estudios has estado viviendo fuera de nuestro país, aunque el bebé haya nacido aquí, no tienes derecho a la prestación si no puedes demostrar que has residido en territorio español durante los dos años anteriores.


5. ¿Tiene derecho a cobrar los 2.500 una madre que lleva más de dos años viviendo en nuestro país pero que por un hecho fortuito (como unas vacaciones) da a luz fuera de nuestras fronteras?

No, porque el artículo 2.1 de la Ley que regula esta prestación dice que la madre será beneficiaria siempre que el nacimiento se haya producido en territorio español.


6. Una madre extranjera que reside de forma ilegal en España, ¿puede solicitar la ayuda si justifica que lleva más de dos años en nuestro país?

No. De acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley, para tener derecho a la prestación de 2.500 es necesario que la beneficiaria haya residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al nacimiento o adopción.


7. ¿Y si el niño adoptado ha nacido en el extranjero?

El mismo artículo establece que hay derecho a la ayuda siempre que la adopción se haya constituido o realizado por la autoridad española competente. Es decir; en cualquier caso, ya que para que la adopción sea legal y pueda ser inscrito el niño en el Registro Civil, debe contar con el conocimiento de las comunidad autónoma correspondiente y el informe psicosocial afirmativo de adopción posterior al 1 de julio.

8. En el caso de que la adopción la realice un hombre, ¿puede cobrar el cheque-bebé?

Sí, el artículo 2.1. reconoce el derecho del padre a la ayuda si la adopción se ha producido por una sola persona. Además, la Ley especifica en el artículo 2, que si las personas adoptantes son del mismo sexo, tendrá derecho a la prestación "aquella que ambas determinen de común acuerdo", es decir, uno de los dos.


9. ¿Cómo se puede cobrar la ayuda?
Vía fiscal. Se puede percibir como una deducción en la cuota del IRPF. En este caso se puede cobrar como un pago único de forma anticipada.
Como prestación no contributiva de la Seguridad Social. Esta será la única forma de cobro en el País Vasco y Navarra, con sistema fiscal propio.


10. ¿Existe un límite máximo para presentar la solicitud desde el nacimiento del niño?
Si se solicita por vía fiscal, se puede pedir el cobro a la Agencia Tributaria de forma anticipada o esperar a presentar la declaración de la Renta correspondiente al año en que ha nacido el niño y aplicarla como una deducción del impuesto.
Las personas que no trabajan, no tienen obligación de presentar la declaración de la Renta o residen en el País Vasco o Navarra, lo reciben como una prestación no contributiva de la Seguridad Social de 2.500 . En este caso, el derecho a su reconocimiento prescribe a los cinco años contados desde el día siguiente al del nacimiento o la adopción del niño.

11. ¿Cuánto se tarda en cobrar el cheque?

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales comenzó a pagar el 20 de Noviembre las solicitudes presentadas antes de esta fecha. Además, se ha comprometido a que las solicitudes presentadas a partir de enero de 2008 se paguen en un plazo máximo de un mes.


12. ¿Quién tiene derecho a cobrar 1.000 de ayuda más?

A los 2.500 se añade un pago único de la Seguridad Social de 1.000 más en casos de nacimiento o adopción posteriores al 16 de noviembre si el solicitante:
Es familia numerosa y no sobrepasa determinado nivel de ingresos.
Es familia monoparental.
La madre padece una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Para recibir esta prestación, el solicitante solo debe justificar que residía en España de forma legal en la fecha del nacimiento o adopción.

13. ¿Tiene derecho a cobrar 3.500 una mujer divorciada con dos hijos si espera un tercero de otro padre?

Es familia numerosa desde que solicita su reconocimiento en su comunidad autónoma, pero solo tendrá derecho a la prestación extra de 1.000 si justifica unos ingresos anuales inferiores a 11.000 .

14. ¿Es familia monoparental una madre soltera que conviva sola con su hijo, aunque tenga padre reconocido?

La Ley establece que tienen derecho a la prestación de 1.000 las familias de padre desconocido o que demuestren que está desaparecido. No cobrará la ayuda si el niño tiene a los dos progenitores, aunque no convivan juntos y uno de ellos no tenga ingresos.



15. ¿Si el niño padece discapacidad tiene derecho a cobrar esta ayuda de 1.000 ?

No, porque existe una prestación específica para él. Lo que ha hecho esta ley ha sido modificar la Ley General de la Seguridad Social, en la que se contemplan las prestaciones familiares. Una de estas prestaciones es la asignación económica por hijo a cargo, en supuestos de hijo con discapacidad.

Los menores de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento percibirán 1.000 anuales a partir de 2008 (hasta ahora estaban cobrando 581, 66 al año).


16. ¿En el caso de gemelos o mellizos se cobran 2.500 por bebé?

Sí, la ley establece claramente que el cobro es por hijo nacido o adoptado, así que la madre cobra 5.000 .
Diferente es la ayuda de 1.000 por familia numerosa. Si la madre tiene un hijo mayor a su cargo cobra 1.000 (ya que solo al inscribir al tercer hijo sería familia numerosa). Si los gemelos tienen más de un hermano mayor, su madre cobra 1.000 por cada bebé.
En el caso de familia monoparental, el progenitor cobra 1.000 , si no tiene más hijos y 1.000 por cada bebé si tienen hermanos mayores.


17. ¿Puede ceder la madre el cobro al padre?

Sí, una vez se le haya reconocido su derecho y siempre que el padre haya residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español durante al menos los dos años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento o la adopción.



saludos a todas las mamis y papis!!!!!!!!!!!!!!!!!!! y felicidades



B
betisa_8314877
3/4/09 a las 12:09

A mi me la han dado
Hola wapa, mira yo fui mama el pasado 14 de febrero, y solicite la ayuda de los 2500 euros sin problema, no me pusieron pegas para nada, y antes de un mes me lo habian pagado. Asi que no te preocupes. Besos

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