Hola
Si tu convenio no especifica lo contrario los tres primeros días no cobras nada, del cuarto al 20 el 60% de tu base de cotización, y a partir del 21 el 75% de tu base de cotización. En tu nómina pondrá cuál es tu base de cotización que no tiene porque coincidir con tu salario bruto. Una vez calculas estos porcentajes tienes que restar lo tipico del irpf, ss, ...vamos lo que te restan de normal en la nomina pero aplicando esos porcentajes a la cantidad que te sale de calcular el 60% y el 75%. Espero que te haya quedado claro mas o menos.
Para la baja de maternidad miran tu base de cotizacion normal y cobrarias el 100% de ella (no se tienen en cuenta los meses anteriores que hayas estado de baja)
Un saludo.