En respuesta a bela_6962757
Esto es lo que pone en el et
Investigando he visto esto:
Parto normal, permiso solo para el padre. Si hay cesárea, permiso pra familiares de hasta 2 grado.
El Estatuto de los Trabajadores recoge como motivo para un permiso retribuido de dos días que parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad sufran un accidente o enfermedad graves, una hospitalización o una intervención quirúrgica sin ingreso hospitalario pero que precise reposo domiciliario. Cuando es necesario hacer un desplazamiento, el plazo se aumenta a cuatro días.
Esto tiene su origen en una ley del 99, que introdujo medidas para conciliar la vida laboral y familiar que aclaró aspectos hasta entonces discutidos. Actualmente, es posible utilizar la ausencia remunerada también en supuestos en los que no hay propiamente enfermedad o accidente grave, pero sí internamiento en una institución sanitaria. Estos casos hay que referirlos a ingresos hospitalarios motivados por algún tipo de enfermedad o accidente que supone un menoscabo de la salud de la persona y que exige asistencia sanitaria o tratamiento paliativo.
Así, los tribunales han venido descartando los casos de parto natural. El Tribunal Superior de Justicia de Burgos excluía recientemente el nacimiento del hijo de una cuñada en tanto se trate de un parto normal y sin complicaciones. Sí que se tiene este derecho cuando el parto da lugar a una cesárea.
Así que corre, pide el permiso.
Muchas gracias!
POR LA ACLARACION.SALUDOS.