En respuesta a sumia_9449323
No hay problema
Em primer lugar, si tu marido no se presenta desde hace más de 10 años, hasta puedes solicitar la declaración de fallecimiento. En un procedimiento de divorcio, si una de las partes no aparece, se le declara en rebeldía y punto. Eso no significa que no puedas llevarlo a cabo.
Ten en cuenta que sólo se presumen hijos de tu marido los nacidos antes de los 300 días siguientes a la separación legal o de hecho (es decir, desde que dejasteis de vivir juntos). Al tratarse de filiación no matrimonial ésta quedará determinada legalmente por le reconocimiento ante el encargado del Registro Civil de la filiación por parte del padre.
Libro de familia no podrás tener, te darán otro que se llama libro de filiación (o algo similar), que es prácticamente igual. En caso de que te cases con tu pareja sí se sustituirá ese libro por el libro de familia normal y la filiación no matrimonial pasará a ser matrimonial. De todas dormas los efectos son exactamente iguales en un caso y en el otro para tu hijo.
Espero haberte ayudado.
Muchas gracias!
Pues si me has ayudado y muchisimo,fui a informarme al juzgado y me dijeron lo que me has dicho tu el "único problema" que me pusieron es que tenemos que ir los dos a inscribirlo, ya ves y yo temblando a ver que problema me decía,asi que por lo que veo pues es mas sencillo de lo que pensaba,gracias de nuevo por tu informacion feliz año!!