En respuesta a irania_5371722
Al lorito lo que me ha comentado la de la mutua, os lo pego:
Primeramente comentarte que el Riesgo durante el embarazo no es una baja, es una prestación en la cual se hace una suspensión del contrato y es una medida preventiva que se realiza cuando se llega a determinadas semanas, se realiza determinadas tareas y la trabajadora encontrarse en perfecto estado de salud, se la aparta de su puesto de trabajo.
Si tu no puedes realizar tu trabajo, porque no te encuentras bien o tienes molestias debidas a tu estado de gestación se lo tendrás que decir a tú médico de cabecera para que te de una baja de por contingencias comunes si lo considera oportuno, y si mis compañeras te solicitan informes médicos se los tendrás que facilitar porque ese es el cometido de ellas, hacer un seguimiento de las bajas.
Si te haces un esguince porque te tuerces el tobillo en la oficina, eso se considera un accidente laboral por lo que te tienes que dirigir a la mutua con un volante de asistencia para que te trate y te den la baja si lo consideran oportuno, sin embargo los dolores que tú me comentas no son un accidente laboral y para que se te pueda tramitar como un riesgo durante el embarazo te vuelvo a comentar que se tienen que reunir los requisitos de semana y tareas que se realizan que son las consideradas por la SEGO (servicio español de ginecología y obstetricia).
Espero que hayas entendido bien las diferencias que hay entre una prestación u otra pero son totalmente distintas.
Esto me lo ha dicho porque:
desde que me incorporé al curro y paso tantas horas sentada, me duele mucho el abdomen.
También tengo fuertes dolores en el coxis, y eso que estoy permanentemente sentada sobre un cojín gordo.
Que os parece?
He de deciros que por la SS la Baja por IT, hasta enlazar con la maternidad conlleva una perdida de sueldo importante.