En respuesta a fatin_5386970
Sobre tu contrato por obra y embarazo
Hola Sehika
No viene especificada la fecha de término de tus servicios en la empresa, con lo cual y a menos que justo en las fechas próximas a tu parto no se cumplan justos los 3 años de servicio, no está explícito.
Efectivamente cuando cumplas estos 3 años un contrato de obra es ampliable a otros 12 meses y así sucesivamente. Ten en cuenta que un contrato de obra y servicio es igual a un contrato indefinido, lo único que difiere es en la caducidad, y en el resto de los aspectos tiene los mismos valores y tu cuentas con los mismos beneficios y obligaciones.
Una vez que tengas a tu bebé pasados los 4 meses de permiso por maternidad tienes a parte 9 meses de protección social SIN QUE TE PUEDAN ECHAR, es decir, estás protegida, si cuando vuelvas de tu permiso por maternidad te esperan con el finiquito, pelea, consulta con tu abogado y demanda por mobbing, o acoso laboral.
Es importante que te empieces a asesorar, si tienes algún abogado amigo o bien hay muchos abogados de servicio social comunitario que pueden echarte un poco de luz a tus dudas. No obstante no temas una mujer embarazada tiene todo ganado ante despido y estres laboral, y una mujer con un bebito recién nacido, mucho más aun.
Ánimos que si a mi me toca alguna cosa de éstas (que me lo espero totalmente), ya lo tengo muy pensado y dispuesto a no quedarme de brazos cruzados.
Saludos a ti y a tu peque
Grac ias!
Hola,
Lo primero agradecerte de nuevo tu respuesta, ya veo que lo tienes todo muy controlado!!
Yo también creo que me va a tocar pelear lo mío... De todas maneras no me extrañaría nada que en breve se terminase la obra y con ello mi contrato, porque creo que eso si es legal,
así que tendré que empezar a asesorarme, como tu bien dices.
Saludosy gracias!