En respuesta a aroma_688197
Hola
existen dos tipos de excedencia:
-cuidado de hijos: maximo 3 años,guardan puesto... y no puedes darte de alta,ni cobrar paro.
Con un mes de antelacion la solicitas y para regresar igual,inmediatamente tienes un lugar en la empresa.
-excedencia voluntaria:maximo 5 años(segun convenio),puedes trabajar cotizando,guardan puesto.....para regresar a la empresa tienes que esperar a que haya un hueco. yo estoy de excedencia por hijos y asi me lo explicaron. besos
O sea que si
pido una excedencia voluntaria podre cobrar el paro???,sabeis si es posible pedir una excedencia para estudiar??? me gustaria estar un año sin currar para poder estudiar y cuidar de mi niña,pero pudiendo cobrar el paro ya que si no no me los puedo permitir