En respuesta a eduina_710995
Lo encontré:
Te pongo lo que pone en el articulo 37, apartado f) del Estatuto, que habla de los permisos de trabajo que tenemos los trabajadores: "Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deben realizarse dentro de la jornada de trabajo."
Puedesbajártelo en esta dirección:
http://www.mtas.es/publica/EstatutoTrab/contenido/-EstatutoTrabajadores.pdf
Ok
Muchas gracias, Narref.
Con esto debería valer, pero no sé si estos capullos querrán interpretar la amniocentesis como técnica de preparación al parto o examen prenatal.
Ya veremos a ver en qué queda.