Foro / Maternidad

Sabeis q hay q hacer para q te den los 2500 ? donde hay q ir... etc

Última respuesta: 22 de octubre de 2009 a las 17:55
M
miria_6457498
22/10/09 a las 12:50

si hay q hacer algo antes de que nazca el nene o es despues, donde se solicta, q papeles hacen falta... en fin, es q no tengoni la menor idea!!

Ver también

V
vesna_7975868
22/10/09 a las 13:07


Para solicitar los 2500 euros debes esperar a que nazca tu bebe, antes no puedes hacer nada. Bueno si. puedes ir rellenando la documentación y presentarla una vez tengas al bebe.

Existen dos procedimientos para pedir la ayuda por nacimiento:

1. Cuando el beneficiario realice una actividad remunerada por la que esté dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.

Si se solicita el pago anticipado de la deducción por maternidad, la presentación del modelo de solicitud 140 para pedir el cobro de los 100 euros mensuales supone implícitamente que también se está solicitando el pago de la nueva deducción fiscal de 2.500 euros. Aquellos que ya hayan solicitado el cobro de los 100 euros no tienen que hacer ninguna gestión más.

El modelo 140 puede obtenerse por Internet (www.agenciatributaria.es) y también en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria, en los registros civiles y en otros organismos públicos. El modelo puede ser presentado por vía telemática (con certificado de firma electrónica o el DNI electrónico), en impreso o por teléfono (901200345).

Si se desea formular la solicitud por teléfono se debe aportar el número de DNI, el importe consignado en la casilla 681 de la declaración del IRPF, la fecha de nacimiento o adopción del hijo, el número de afiliación a la Seguridad Social o mutualidad y el número de cuenta corriente.

Para obtener más información sobre el procedimiento de solicitud, se puede llamar al teléfono 901200345, ya mencionado, o al 901335533 (Información tributaria básica).

2. Cuando el beneficiario no realice una actividad remunerada y no esté dado de alta en la Seguridad Social

En este caso, se debe presentar el formulario 141, que está disponible en Internet (www.agenciatributaria.es - www.seg-social.es) y en las oficinas de la Agencia Tributaria y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. El formulario puede ser presentado en dichas oficinas o en cualquier otra oficina pública.

En el formulario, además de los datos identificativos de la madre (o beneficiario) y del hijo, y la cuenta corriente del beneficiario, debe incluirse información sobre el Registro Civil en el que se haya inscrito el nacimiento o adopción y el Tomo y Página en el que se haya efectuado la inscripción

Para obtener información adicional sobre el procedimiento de solicitud o ayuda para rellenar el formulario se puede llamar al 901200345 o al 901335533.

Saludos

M
miria_6457498
22/10/09 a las 13:51

Madre mia, cuanta informacion, me ha quedado clarisimo!!
pues mchismas gracias a las 2 pq me he enterado muy bien. gracias!!!!!

A
an0N_813913199z
22/10/09 a las 17:55

Folleto informativo de la agencia tributaria
Pego informacion del folleto de PRESTACIONES POR MATERNIDAD de la AGENCIA TRIBUTARIA.Lo mas comodo es llamar por telefono y te lo gestionan todo al momento:

" Los modelos 140 y 141 están disponibles en la web de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (AEAT), sin necesidad de certificado de usuario, en
todas las oficinas de la AEAT y en los Registros Civiles.

La solicitud del abono anticipado mensual de la deducción por maternidad, la
comunicación de variaciones, así como la solicitud del abono anticipado de la
deducción por nacimiento o adopción o de la prestación económica no contributiva
podrán presentarse de las siguientes formas:

1. Telemáticamente por Internet en www.agenciatributaria.es con
Número de Identificación Fiscal (NIF) y certificado de usuario admitido por la
Agencia Tributaria para generar la firma electrónica. El modelo 141 se podrá
presentar por Internet a partir del 1 de enero de 2008.

2. Llamando al 901 200 345 del Centro de Atención Telefónica de la AEAT
(comunicando el NIF, n de cuenta bancaria, n de afiliación a la Seguridad
Social o Mutualidad -si trabaja- e importe de la casilla 681 del IRPF del año
anterior -si declaró-).

3. En impreso enviado por correo y dirigido a la AEAT (apartado de Correos FD
número 30.000, Delegación Provincial) o bien entregado personalmente en
cualquier Delegación o Administración de la AEAT. El modelo 141 también se
podrá presentar en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
La presentación de las solicitudes no requerirá que se acompañe
ningún documento justificativo de los requisitos exigidos.
El abono anticipado o la prestación económica que corresponda, se
efectuará con carácter general por transferencia a la cuenta bancaria
indicada por el contribuyente en su solicitud.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Los modelos 140 ó 141, según proceda, podrán presentarse a partir de la
inscripción del hijo en el Registro Civil.

La comunicación de cualquier variación, que afecte a la deducción por maternidad,
así como el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos, determinará
la obligación de presentar el modelo 140 en el plazo de los 15 días naturales
siguientes a aquel en que se hubiera producido la variación o incumplimiento
de los requisitos".

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