Foro / Maternidad

Baja estando cn reduc.jornada, se cobra el sueldo cn reduccion??

Última respuesta: 20 de octubre de 2010 a las 21:18
Y
yaqin_5719970
20/10/10 a las 21:00

hola, estoy cn reduccion de jornada,imagino q como muchas para cuidar de mi bb, aun no me planteo tener el segundo hijo pero si he pensado en q sueldo cobraria cuando coja la baja con el embarazo y luego la pension de maternidad. si seria el sueldo q obro estando en reduccion o mi sueldo entero. alguien lo sabe??
entonces deberia volver antes a mi horario normal?? si es asi cn cuanto tiempo de antelacion??

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C
caya_9142007
20/10/10 a las 21:07

Yo
Buenas!
Yo me encontré en tu misma situación, supongo que cada empresa funciona diferente, pero te explico: si coges cualquier baja estando en reducción, cobras reducido igual, aunque sea de embarazo o baja maternal. Yo lo que hicem cuando supe que estabe embarazada, me cogí la jornada entera (lo cual fue una putadilla, porque justo al principio del embarazo, cuando estás más cnsada, necesitas descansar más, tienes a la otra peque que te necesita...) y trabajé en jornada entera tres meses. después anuncié que estaba embarazada y como trabajo en un lugar de alto riesgo, me mandaron coger la baja en la propia mútua de la empresa, y pasé el resto del embarazo en casa. Al principio ya te digo, iba agotada y me tuve que reorganizar a ver quien iba a buscar a la niña, etc etc... pero valió la pensa porque el resto de meses y la baja maternal pude cobrar el sueldo total, y la verdad, tal y como está el patio y lo caros que salen los pñales, la guarde, las vacunas, etc... pues por lo menos por ahí pude compensar...
Deberias preguntar en tu empresa si tienes alguien de confianza, quizás ya ha habido alguien anteriormente en tu situación.

suerte!

Y
yeiza_5748938
20/10/10 a las 21:18

En maternidad cobras el 100% pero en baja por enfermedad común cobrarás como jornada reducida
Durante los dos primeros años de reducción de jornada por cuidado de menor, las cotizaciones se computan incrementadas hasta el 100 por 100 de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.

Para poder cobrar la incapacidad temporal a tiempo completo deberás trabajar las 40 horas al menos el mes anterior a la baja .

Un saludo

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