Foro / Maternidad

Baja por enfermedad común, cuantia de la baja por maternidad?

Última respuesta: 21 de enero de 2009 a las 18:32
Z
zaima_9491691
13/1/09 a las 15:57

Hola chicas, por favor necesito aclarar una duda cuanto antes:

Estoy de baja por enfermedad común (tengo lumboceática y contractura muscular en el costado izquierdo) desde ayer día 12 de enero, y no voy a incoroporarme hasta después de mi baja por maternidad.

La fecha prevista de parto es el 26 de marzo, con lo cual desde el 12 de enero hasta que de a luz mi sueldo se verá reducido en 40% mas o meno.

Mi pregunta es si la cuantía de la prestación por baja maternal la calculan respecto al anterior mes de dar a luz o respecto al último mes efectivo de trabajo. Es que no cobraria lo mismo si se basan en el mes de febrero que es el anterior al dar a luz pero que mi nómina está reducida, que cobrar en relación al mes de diciembre que es el último mes efectivo que he trabajado.

Chicas por favor ayudarme, porque quiero resolver esta duda cuanto antes, pues si cobro en relación a febrero soy capaz de darme de alta e ir a trabajar con todos los dolores para poder cobrar mi sueldo normal durante la baja por maternidad.

GRACIASSSSSS

Ver también

C
carol_5155410
14/1/09 a las 9:48

Te comento
La prestación de la baja por maternidad se calcula en función de la media de las bases de cotización a la SS de los últimos 6 meses antes de dar a luz, independientemente de tu estado: en activo o de baja.

En tu caso, si das a luz en marzo, cogerían para su cálculo las bases de cotización a la SS desde septiembre hasta febrero y calcularían su media.

Cuanto estás de baja por incapacidad común, como es tu caso ahora, cobras menos, pero no se te reduce la base de cotización a la SS, por lo que no te va a afectar a la hora de lo que cobres después en tu baja maternal.

Es decir, a ti te ingresan un % de la base de cotización, pero la base de cotización sigue siendo la misma. Estando de baja la SS te paga de la siguiente forma: los 3 primeros días de baja nada, del 4 al 20 día, el 60% de la base de cotización a la SS del mes anterior a la baja y del 21 día en adelante, el 75% de dicha base de cotización. Pero durante tu baja, la base de cotización sigue siendo la del mes anterior a la baja, por tanto, será la del mes de diciembre.

No sé si me he explicado bien. Sino, me preguntas.

Un saludo.

D
doltza_7957600
21/1/09 a las 18:32

Por baja de maternidad ,

Hola, caundo empiezes tu baja por maternidad, tu sueldo va a ser el mismo que cuando estabas trabajando , es decir, el 100 % de tu nómina normal estando trabajando. Incluso unos euros mas, puesto que te bajaran el % de IRPF.

Un saludo,

!! y te lo dice una persona que lleva el tema de laboral en su empresa !!

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