Foro / Maternidad

Me han despedido del trabajo

Última respuesta: 26 de enero de 2004 a las 16:57
A
anfisa_8517962
22/1/04 a las 16:50

Me han despedido con 7 meses de embarazo. He sido siempre una empleada que no he dado ningún problema, incluso siempre me he sentido bastante querida. Estaba indefinida desde hace 4 años y ¡ala! te quedas embarazada y con siete meses de gestación me echan a la calle. Todo el mundo me dice que tengo posibilidades de poder denunciarlo y es lo que estoy intentando hacer. ¿Sabéis de alguien que haya ido a juicio y haya llegado antes a un acuerdo con la empresa por este tema? Me han indemnizado con lo máximo, pero mi abogado dice que no se puede despedir a una embarazada. ¿Sabéis algo? Gracias, chicas, esto es un desastre y encima mi marido cobra mal y tarde en su trabajo. ¡qué desastre!

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A
an0N_631345799z
22/1/04 a las 16:55

Es ilegal...
Hola
En concreto no se de ningun caso ni de las pautas que hay que seguir para denunciar a tu empresa, pero si se que es ilegal mientras estés embarazada o de baja por maternidad y que si vas a los tribunales vas a ganar (al menos tienes mil posibilidades). No te conformes con la indemnización por muy buena que sea porque creo que es pan para hoy y hambre para mañana, tu lo que necesitas es la tranquilidad de saber que tienes trabajo y más ahora que necesitas estar pensando en tu bebe y no en esto.
En serio, no te quedes parada, informate en el instituto de la mujer o en CCOO o algo así, voy a intentar buscar info y escribirte. Lo siento mucho, pero animo, OK?
Un abrazo
Eugenia

C
cortes_9666600
22/1/04 a las 16:59

Se les va a caer el pelo....
Estoy totalmente de acuerdo con lo que te ha dicho Eugenia, lo que han hecho contigo es completamente ilegal, máxime si tu puesto de trabajo no ha desaparecido como tal.

Ahora está muy estricto el tema de los despidos por embarazo , así que no te desanimes y lucha hasta el final que tienes todas las de ganar.... mucho ánimo!!!!

M
mirza_5723947
22/1/04 a las 16:59

Mira!!!
yo soy argentina, pero supongo que sera igual, aca no te pueden despedir estando embarazada, pero igualmente lo hacen, conozco 2 casos en la misma empresa, y estas 2 chicas lo denunciaron, y obviamente ganaron el
juicio.No dudes en denunciarlo, porque sino esto se lo haran a otra chica, y es ilegal.
Denuncialos y si debes ir a jucio anda, no lo dudes, eso si, no estes nerviosa, tomatelo con calma aunque sea dificil no es bueno que estes nerviosa. Habla con tu abogado y decile que te diga bien que hacer. PERO NO DEJES DE DENUNCIARLOS POR FAVOR, SINO ESTE TIPO DE PERSONAS NO VAN A DESAPARECER NUNCA Y SEGUIRAN HIRIENDO A LA GENTE,
beso y suerte.

Y
yanine_8619423
22/1/04 a las 17:01

Hola moan
Tengo que preguntárselo a un compañero, pero estoy segura de que es ilegal que te despidan estando embarazada y tienes todas las de ganar. Yo lo consultaría en algún sindicato y si tienes abogado a por ellos. Pero lo más importante es que tú estés bien y que no sufras porque seguro que todo va a salir bien. Un besazo y muchos ánimos.
Por cierto, hay que ser muy sinvergüenza para despedir a alguien de esa manera.

A
anfisa_8517962
22/1/04 a las 17:07

Muchas gracias
La verdad, es que ya me he buscado un abogado y él cree que tengo posibilidades, pero todo esto hace que me sienta bastante intranquila, pero lo que si es cierto, es que voy a hacer todo lo posible para poder sacarles los ojos, no por mi, sino por mi niño. Muchas gracias por vuestros ánimos

I
ioana_5284106
22/1/04 a las 17:21

Hola moan
Lo siento mucho. Yo la verdad es que no te puedo aconsejar otra cosa de las que ya te han aconsejado las chicas, pero tengo entendido que es ilegal y que además si tu puesto de trabajo no ha desaparecido (y meten otra persona en el mismo) se están metiendo en un lío muy gordo. Además creo que te tienen que volver a contratar en las mismas condiciones si ganas el juicio que seguro que será así, porque ahora como ya te han dicho la ley es muy estricta con este tema.

Yo en tu caso me iría a un sindicato (tanto si estás afiliada como si no) para explicarles y preguntarles. Ellos tienen abogados y te pueden aconsejar.

Pero ante todo no te pongas nerviosa, aunque sé que es muy fácil decirlo. Tienes que estar bien para recibir a tu bebé.

Animo y adelante que como dice mi madre Dios aprieta pero no ahoga, verás que todo se soluciona.

Ya nos irás contanto.

Un beso muy grande.
Ana.

A
an0N_980633799z
22/1/04 a las 17:26

Ccoo
en comisiones obreras, pagas una cutoa de 50 euros o algo asi, y te informan de todo, incluso tienen abogados..
si vives en madrid, CCOO esta en avenida de america..

besitos

Viki

A
an0N_675286799z
22/1/04 a las 17:46

Es un despido nulo
No te preocupes, no te pueden despedir. Tu abogado tiene razón. Ánimo y no te muevas de ahí

C
corine_8304701
23/1/04 a las 9:14

Lo siento
mira yo llevo trabajando 4 años indef en una empresa y me estan haciendo la vida imposible para que me vaya, ahora estoy de 5 meses. Consulté a una abogada y me dijo que si me despedian tenia el juicio ganado por discriminacion sexual y si alegan bajo rendimiento laboral se puede argumentar que es a causa del embarazo, dice que es pan chupado el ganarlo. Por lo visto la comunidad de Madrid tiene abogados gratuitos para gente que no se lo puede permitir y no te costará nada.
Si necesitas alguna informacion mandame un post.
Un beso y suerte, a por ellos¡

Gallifante + Dani

A
an0N_787557899z
23/1/04 a las 10:29

Es despido nulo como te han dicho
no te pueden despedir estando embarazada.... reclama y te tendrán que readmitir, aunque una vez que des a luz te pueden volver a despedir...

suerte q desgraciados.....

B
bin_5299283
26/1/04 a las 16:57

Te copio texto de la ley
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, .../... , maternidad, riesgo durante el embarazo, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, licencias y vacaciones, ni enfermedad o accidente no laboral, cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos.

(Redactado según Ley 63/1997)

Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:
a) La de los trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento al que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo 45 de esta Ley, o la notificada en una fecha tal que el plazo de preaviso finalice dentro de dicho período.

b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la del comienzo del período de suspensión a que se refiere la letra a), y la de los trabajadores que hayan solicitado uno de los permisos a los que se refieren los apartados 4 y 5 del artículo 37 de esta Ley, o estén disfrutando de ellos, o hayan solicitado la excedencia prevista en el apartado 3 del artículo 46 de la misma.

Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación salvo que, en ambos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia señalados.

Espero haberte ayudado

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