En respuesta a itxiar_6924545
Alegaciones
1.- Tienes que esperar a las LISTAS PROVISIONALES: 15-junio-2010 que se publican en la COMISIÓN DE ESCOLARIZACIÓN.
2.- RECLAMACIONES Y PETICIONES COMPLEMENTARIAS DE NUEVOS CENTROS. Dias 16,17 y 18 de junio de 2010 Plazo de reclamación a las Listas Provisionales de admitidos y excluidos por las Comisiones de Escolarización.
Exclusivamente para aquellos solicitantes de nueva incorporación al sistema educativo ocambio de municipio que no hayan podido ser escolarizados en ninguno de los centrossolicitados por falta de plazas: Posibilidad de realizar petición complementaria de nuevos centros ante la Comisión de Escolarización.
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3.- No tienen forma concreta pero ten encuenta que hay pocos argumentos validos para esta reclamacion:
Madrid, a 16 de Junio de 2.010.
Reclamación a la lista provisional de admitidos y excluidos:
D X, con DNI Y, con domicilio en la c) Q , n 1 de esta capital como madre y representante legal de C, comparece ante el consejo escolar y la comisión de escolarización y como mejor en derecho procede EXPONE:
- Que en fecha y plazo presentó solicitudes de admisión, para X l en el colegio ZZ, de esta capital.
- Que tras haberse realizado el procedimiento de admisión de alumnos en este centro sostenido con fondos públicos, al que deseamos acceder a educación PRIMARIA, se publicaron las listas de admisión el día 18 de mayo, no figurando entre los admitidos, a pesar de tener 600 puntos de baremación, teniendo motivos fundados para inrterponer una reclamacion
- (ARGUMENTO DE LA RECLACION (Que tenemos más que razonables indicios de fraude en las puntuaciones que se asignan en la lista de admisión.... y/o Que existen hermanos del solicitante en este mismo colegio..... Que XXXX ha falseado los datos de XXXX)....
Solicitamos:
A la comisión de escoralizacion:
(SOLICITUD DE ) ampliacion de ratio / comprobación de los datos de forma objetiva, procediendo en su caso a una nueva baremación, // verificacion del fraude en los datos aportados.// O LA REUNIFICACION DE HERMANOS O ///
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Tal petición se hace en base al espíritu de la ley orgánica 2/2006 de 3 de mayo de educación, y la orden 1848/2005 de 4 de abril de la Conserjería de educación, donde los criterios prioritarios de admisión de alumnos son baremos objetivos y con documentación no fraudulenta, así como la transparencia en la admisión.
Por todo lo anteriormente expuesto SUPLICO, tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y proceda a admitir, en tiempo y forma, la correspondiente reclamación
Muchísimas gracias
Muchas gracias por tomarte tu tiempo en contestarme. Me ha servido de mucho y ya he preparado mis alegaciones. Otra cosa será que me hagan caso, pero de todas formas, de nuevo muchas gracias.
Un saludo :