De baja y fin de contrato
estoy embarazada de 27 semanas y llevo de baja de la semana 15 por riesgo de avortamientro sangrados y poco a poco se ha ido complicando.
Ahora, el dia 31 de enero se me termina el contrato, Y COMO NO YA NO ME LO RENOVARAN y hasta marzo no nacera mi niña. ¿QUE PASARA?
seguire estando de baja pero en la seguridad social, COBRANDO, o me quedo sin nada y desamparada.
Y cuando nazca el bebe tendre baja maternal, o no??
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡AYUDA!!!!!!!!
Ver también
Respuesta
Seguirás estando de baja pero yo te recomendaría otra cosa. Yo te recomendaría que un día antes de que se te termine el contrato con esta empresa pases la baja de enfermedad por la baja de maternidad. Si se te termina el contrato la baja de maternidad te la descontarán del desempleo, es decir, que perderás 4 meses de paro. Si coges la baja de maternidad cobrarás el 100% de la base reguladora de la empresa en la que estabas trabajando y cobrarás las 16 semanas de maternidad pero sin perder 4 meses de desempleo. Eso sí, tienes que reunir un requisito y es que las 6 semanas de la baja maternal tienen que ser después del parto. Después puedes pedir el desempleo porque como es la empresa la que no te renovó el contrato pues es un despido, y por tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo después de las 16 semanas de maternidad.
Respuesta
Seguirás estando de baja pero yo te recomendaría otra cosa. Yo te recomendaría que un día antes de que se te termine el contrato con esta empresa pases la baja de enfermedad por la baja de maternidad. Si se te termina el contrato la baja de maternidad te la descontarán del desempleo, es decir, que perderás 4 meses de paro. Si coges la baja de maternidad cobrarás el 100% de la base reguladora de la empresa en la que estabas trabajando y cobrarás las 16 semanas de maternidad pero sin perder 4 meses de desempleo. Eso sí, tienes que reunir un requisito y es que las 6 semanas de la baja maternal tienen que ser después del parto. Después puedes pedir el desempleo porque como es la empresa la que no te renovó el contrato pues es un despido, y por tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo después de las 16 semanas de maternidad.
¿me lo puedes explicar mejor?
A ver si lo he entendido:
Caso 1 : si continua con la baja laboral, la mutua le paga hasta el parto, y luego tiene derecho a 16 semanas de maternidad, pasa al desempleo del cual le descuentan estas 14 semanas. Además me imagino durante la baja laboral cobra solo el 70%.
Caso 2 : si se pasa a baja por maternidad cobra el 100%hasta el parto, luego las 16 semanas de maternidad y luego todo el desempleo.
¿Lo he entendido bien? no entiendo muy bien lo de que las 6 semanas de la baja maternal tengan que ser después del parto.
otra cosa... ¿qué se tiene que hacer para cambiar la baja laboral por baja por maternidad?
Muchísimas gracias, tengo mucho lío con toda la burocracia
¿me lo puedes explicar mejor?
A ver si lo he entendido:
Caso 1 : si continua con la baja laboral, la mutua le paga hasta el parto, y luego tiene derecho a 16 semanas de maternidad, pasa al desempleo del cual le descuentan estas 14 semanas. Además me imagino durante la baja laboral cobra solo el 70%.
Caso 2 : si se pasa a baja por maternidad cobra el 100%hasta el parto, luego las 16 semanas de maternidad y luego todo el desempleo.
¿Lo he entendido bien? no entiendo muy bien lo de que las 6 semanas de la baja maternal tengan que ser después del parto.
otra cosa... ¿qué se tiene que hacer para cambiar la baja laboral por baja por maternidad?
Muchísimas gracias, tengo mucho lío con toda la burocracia
Explicación
Sí, has entendido bien. Lo de las 6 semanas que tienen que ser después del parto es:
Tenemos 16 semanas de baja maternal.
10 semanas las puedes solicitar antes del parto y 6 después del parto obligatoriamente. Las 6 semanas tienen que ser después del parto por lo de la cuarentena.
El médico de cabecera es el que cambiará la baja de enfermedad por la baja de maternidad.
Yo, lo he hecho el día 8 de enero.
Explicación
Sí, has entendido bien. Lo de las 6 semanas que tienen que ser después del parto es:
Tenemos 16 semanas de baja maternal.
10 semanas las puedes solicitar antes del parto y 6 después del parto obligatoriamente. Las 6 semanas tienen que ser después del parto por lo de la cuarentena.
El médico de cabecera es el que cambiará la baja de enfermedad por la baja de maternidad.
Yo, lo he hecho el día 8 de enero.
Siento ser pesada
pero quería preguntar... si ahora está de 27 semanas y se pasa a la baja maternal... todavía tendrá 16 semanas de maternal??¿no le descuentan las semanas que se coja hasta el parto de la maternidad?
Siento ser pesada
pero quería preguntar... si ahora está de 27 semanas y se pasa a la baja maternal... todavía tendrá 16 semanas de maternal??¿no le descuentan las semanas que se coja hasta el parto de la maternidad?
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
Hola menekousk,
me has dado una alegría! , ya que yo tengo fpp el 23 de Marzo y se termina mi contrato el 12 de Abril. Así que la baja maternal me pillará contratada y según lo que he entendido de tu explicación, no me descontaran el tiempode baja maternal del tiempo de desempleo.
Por lo que había leído en internet, sí se descontaba el tiempo que coincidían la baja maternal y desempleo, pero veo que estás mejor informada que yo.
Tengo una pregunta para ver si puedes sacarme de dudas. Cuando el 12 de Abril acabe mi contrato, tengo que comunicarlo al Inem o al estar en periodo de baja maternal lo tengo que comunicar al Inss??
Gracias de antemano. Un saludo.
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
Muchisimas gracias
por tu aclaracion!!!
Hola menekousk,
me has dado una alegría! , ya que yo tengo fpp el 23 de Marzo y se termina mi contrato el 12 de Abril. Así que la baja maternal me pillará contratada y según lo que he entendido de tu explicación, no me descontaran el tiempode baja maternal del tiempo de desempleo.
Por lo que había leído en internet, sí se descontaba el tiempo que coincidían la baja maternal y desempleo, pero veo que estás mejor informada que yo.
Tengo una pregunta para ver si puedes sacarme de dudas. Cuando el 12 de Abril acabe mi contrato, tengo que comunicarlo al Inem o al estar en periodo de baja maternal lo tengo que comunicar al Inss??
Gracias de antemano. Un saludo.
Para tortug4
En principio no lo tienes que comunicar a nadie. Si tuvieras que comunicarselo a alguien tendría que ser al INSS pero en verdad les da igual porque el INSS te seguirá pagando tu baja maternal. Supongo que cuando se te vaya a terminar la baja maternal yo iría al INEM para pedir cuando puedes solicitar el desempleo y así poder empezar a cobrar. En tu caso lo puedes hacer, ya que como se te acaba el contrato el 12 de abril se considera despido y por lo tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo. Todo y eso, yo voy mañana al INSS, "si no me he puesto de parto" y como voy a presentar los papeles lo preguntaré. Yo tenía fin de contrato 9 de enero y empecé la baja maternal el 8 de enero, antes de mi fin de contrato, por lo mismo que expliqué anteriormente, para que no me descontaran el paro. Mi fecha probable de parto es el 20 de enero, pero he tenido que pedir la baja maternal un día antes de que se me terminara el contrato.
Mañana cuando vaya al INSS te aseguraré lo de si se tiene que comunicar. Ya lo preguntaré ya que yo ya tengo mi fin de contrato y finiquito.
Para tortug4
En principio no lo tienes que comunicar a nadie. Si tuvieras que comunicarselo a alguien tendría que ser al INSS pero en verdad les da igual porque el INSS te seguirá pagando tu baja maternal. Supongo que cuando se te vaya a terminar la baja maternal yo iría al INEM para pedir cuando puedes solicitar el desempleo y así poder empezar a cobrar. En tu caso lo puedes hacer, ya que como se te acaba el contrato el 12 de abril se considera despido y por lo tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo. Todo y eso, yo voy mañana al INSS, "si no me he puesto de parto" y como voy a presentar los papeles lo preguntaré. Yo tenía fin de contrato 9 de enero y empecé la baja maternal el 8 de enero, antes de mi fin de contrato, por lo mismo que expliqué anteriormente, para que no me descontaran el paro. Mi fecha probable de parto es el 20 de enero, pero he tenido que pedir la baja maternal un día antes de que se me terminara el contrato.
Mañana cuando vaya al INSS te aseguraré lo de si se tiene que comunicar. Ya lo preguntaré ya que yo ya tengo mi fin de contrato y finiquito.
Para tortug4
No lo tienes que comunicar a nadie. Me dijeron en els INSS que ellos mismos cuando se te esté a punto de terminar la baja maternal te mandan una carta donde dirá el día que se termina la prestación por baja maternal y con esa carta te puedes dirigir al INEM para posteriormente a la baja maternal pasar a cobrar el desempleo.
Para tortug4
No lo tienes que comunicar a nadie. Me dijeron en els INSS que ellos mismos cuando se te esté a punto de terminar la baja maternal te mandan una carta donde dirá el día que se termina la prestación por baja maternal y con esa carta te puedes dirigir al INEM para posteriormente a la baja maternal pasar a cobrar el desempleo.
Gracias.
MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA.
Suerte y que todo te vaya muy bien con tu bebé.
Gracias.
MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA.
Suerte y que todo te vaya muy bien con tu bebé.
Paro
Yo tengo una pregunta
MONEKONSK -porque si entendido bien pues si coges la baja normal de descuentan la baja de maternidad y el paro.
Como contar cuantos dias de paro tienes.
Mis situacion es que dia 15 de abril se me termina el contrato,estare de 20 semanas. Si cogo la maternidad no me llegaria al parto porque seria de 36 semans. Voy ha tener poco de paro porque en la empresa llevo 6 meses. Antes estaba inscrita en paro pero sin cobrar.
Y antes de eso estuve de alta por cuenta propia pagando mi SS yo sola.
Pues es los dos casos despues de parto me quedo sin nada?
Gracias por adelantado
Paro
Yo tengo una pregunta
MONEKONSK -porque si entendido bien pues si coges la baja normal de descuentan la baja de maternidad y el paro.
Como contar cuantos dias de paro tienes.
Mis situacion es que dia 15 de abril se me termina el contrato,estare de 20 semanas. Si cogo la maternidad no me llegaria al parto porque seria de 36 semans. Voy ha tener poco de paro porque en la empresa llevo 6 meses. Antes estaba inscrita en paro pero sin cobrar.
Y antes de eso estuve de alta por cuenta propia pagando mi SS yo sola.
Pues es los dos casos despues de parto me quedo sin nada?
Gracias por adelantado
Una pregunta
¿mi mujer se acaba de quedar embarazada y en julio termina el contrato de trabajo en una guarderia indudablemente no la van a renovar,ahora mismo esta de baja por vomitos ect?pero despues no tiene derecho a nada?
Paro
Yo tengo una pregunta
MONEKONSK -porque si entendido bien pues si coges la baja normal de descuentan la baja de maternidad y el paro.
Como contar cuantos dias de paro tienes.
Mis situacion es que dia 15 de abril se me termina el contrato,estare de 20 semanas. Si cogo la maternidad no me llegaria al parto porque seria de 36 semans. Voy ha tener poco de paro porque en la empresa llevo 6 meses. Antes estaba inscrita en paro pero sin cobrar.
Y antes de eso estuve de alta por cuenta propia pagando mi SS yo sola.
Pues es los dos casos despues de parto me quedo sin nada?
Gracias por adelantado
Una pregunta
¿mi mujer se acaba de quedar embarazada y en julio termina el contrato de trabajo en una guarderia indudablemente no la van a renovar,ahora mismo esta de baja por vomitos ect?pero despues no tiene derecho a nada?
Una pregunta
¿mi mujer se acaba de quedar embarazada y en julio termina el contrato de trabajo en una guarderia indudablemente no la van a renovar,ahora mismo esta de baja por vomitos ect?pero despues no tiene derecho a nada?
Pues claro que si
Si tu mujer esta de baja por enfermad comun, que es el caso, cuando se acabe el contrato seguirá cobrando la prestación que le corresponda a través de la Seguridad Social o mutua.
Esto se solicita a través de un impreso en la S.S. o mutua que se llama PAGO DIRECTO. Mientras este de baja seguirá cobrando y cuando se dé de alta pasará a cobrar el paro, si le correponde.
De cuantas semanas esta? llega a la semana 24-25 de embarazo con el contrato en vigor?
Ya me cuentas.
Saludos.
Una pregunta
¿mi mujer se acaba de quedar embarazada y en julio termina el contrato de trabajo en una guarderia indudablemente no la van a renovar,ahora mismo esta de baja por vomitos ect?pero despues no tiene derecho a nada?
Pues claro que si
Si tu mujer esta de baja por enfermad comun, que es el caso, cuando se acabe el contrato seguirá cobrando la prestación que le corresponda a través de la Seguridad Social o mutua.
Esto se solicita a través de un impreso en la S.S. o mutua que se llama PAGO DIRECTO. Mientras este de baja seguirá cobrando y cuando se dé de alta pasará a cobrar el paro, si le correponde.
De cuantas semanas esta? llega a la semana 24-25 de embarazo con el contrato en vigor?
Ya me cuentas.
Saludos.
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
Baja por enfermedad comun o por riesgo
TENGO UNA SITUACION PARECIDA A LA DESCRITA Y ME GUSTARIA QUE ME AYUDARAS:
- Mi contrato finaliza en agosto y espero para octubre.
- Mi medico me ha recomendado baja porque tengo riesgo de manchado, me ofrece baja por riesgo o por enfermedad.
- No quisiera quedar mal con empresa, he hablado con ellos y me dicen que decida yo que hacer hasta agosto y despues me mandan al paro hasta que me recupere con opcion de guardarme el puesto de trabajo. Por eso cogeria la baja por riesgo porque tengo entendido que a la empresa bonifican la SS de la persona que me sustituya y asi quedar medianamente bien, el trabajo esta un poco mal ahora¡¡¡¡¡¡¡
- Podria coger la baja por riesgo hasta el dia de antes de cumplirse el contrato y despues adelantar la baja por maternidad para despues pasar al paro, o solo esa opcion es para baja por enfermedad?, Explicarme que puedo hacer tengo que hablar con mis jefes el viernes.
Muchas gracias
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
Hola! siento molestar. tengo grave problema
yo estoy de baja por enfermedad, me e qedado embarazada la empresa me paro por estar de baja por enfermedad, ahora me qede embarazada y estoy cobrando por la seguridad social, tengo derecho a la maternidad si estoy de baja por enfermedad y embarazada?? gracias
Pues claro que si
Si tu mujer esta de baja por enfermad comun, que es el caso, cuando se acabe el contrato seguirá cobrando la prestación que le corresponda a través de la Seguridad Social o mutua.
Esto se solicita a través de un impreso en la S.S. o mutua que se llama PAGO DIRECTO. Mientras este de baja seguirá cobrando y cuando se dé de alta pasará a cobrar el paro, si le correponde.
De cuantas semanas esta? llega a la semana 24-25 de embarazo con el contrato en vigor?
Ya me cuentas.
Saludos.
Situacion similar
Yo estoy en una situacion similar. El 31 de diciembre vence mi contrato pero me quieren dar la baja ya por embarazo de alto riesgo. Me quedan 6 meses de paro de mi anterior empleo (cotizaba ejor que aqui) y mi duda era si al cogerme la baja seguiría cobrando y si al finalizar esa baja podría cobrar el paro de ese anterior empleo o lo pierdo. Ay qué follon.
Hola menekousk,
me has dado una alegría! , ya que yo tengo fpp el 23 de Marzo y se termina mi contrato el 12 de Abril. Así que la baja maternal me pillará contratada y según lo que he entendido de tu explicación, no me descontaran el tiempode baja maternal del tiempo de desempleo.
Por lo que había leído en internet, sí se descontaba el tiempo que coincidían la baja maternal y desempleo, pero veo que estás mejor informada que yo.
Tengo una pregunta para ver si puedes sacarme de dudas. Cuando el 12 de Abril acabe mi contrato, tengo que comunicarlo al Inem o al estar en periodo de baja maternal lo tengo que comunicar al Inss??
Gracias de antemano. Un saludo.
Hola, que tal vas?
que tal va tu vida? Quisiera que me confirmes una informacion, porque no se si te he entendido bien. Es posible coger la baja por maternidad un dia antes de que se acabe el contrato y la fecha prevista del parto es un mes despues del fin del contrato? No hay ninguna pega por parte de la SS? Te pagaran la baja por maternidad? No te la niegan por hacer "chanchullos"? Me interesa mucho porque estoy en esta situacion (fin de contrato 21/07/09 y FPP para 18/08/09). GRACIAS
Yo tb necesito ayuda
hola soy nueva en el foro
y leyendo yo tengo una situacion similar .tengo 2 niñas y estoy embarazada , hasta ahora trabajaba media jornada y cobraba medio paro este se me acaba en noviembre y el contrato que no me renovaran en agosto ,yo tendre el bebe para finales de diciembre
y ahora estoy de baja comun que puedo hacer para que me cubran y no deje de cobrar? quien me paga la maternidad?puedo acceder al otro paro que acumulado mientras cobraba medio paro?como lo hago si es que puedo hacer algo ?
muchas gracias
Yo tb necesito ayuda
hola soy nueva en el foro
y leyendo yo tengo una situacion similar .tengo 2 niñas y estoy embarazada , hasta ahora trabajaba media jornada y cobraba medio paro este se me acaba en noviembre y el contrato que no me renovaran en agosto ,yo tendre el bebe para finales de diciembre
y ahora estoy de baja comun que puedo hacer para que me cubran y no deje de cobrar? quien me paga la maternidad?puedo acceder al otro paro que acumulado mientras cobraba medio paro?como lo hago si es que puedo hacer algo ?
muchas gracias
Maternidad
ola soy nueva y keria saber si me podiais ayudar estoy embarzada de 26semanas llevo 1mes de baja x ceatica y me a cumplido el contrato nose si seguir de baja ast el final o cojerme la baja maternal para despues cobrar el paro k me conviene? cobrare de maternidad lo k cobre de mi ultima nomina
Para tortug4
En principio no lo tienes que comunicar a nadie. Si tuvieras que comunicarselo a alguien tendría que ser al INSS pero en verdad les da igual porque el INSS te seguirá pagando tu baja maternal. Supongo que cuando se te vaya a terminar la baja maternal yo iría al INEM para pedir cuando puedes solicitar el desempleo y así poder empezar a cobrar. En tu caso lo puedes hacer, ya que como se te acaba el contrato el 12 de abril se considera despido y por lo tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo. Todo y eso, yo voy mañana al INSS, "si no me he puesto de parto" y como voy a presentar los papeles lo preguntaré. Yo tenía fin de contrato 9 de enero y empecé la baja maternal el 8 de enero, antes de mi fin de contrato, por lo mismo que expliqué anteriormente, para que no me descontaran el paro. Mi fecha probable de parto es el 20 de enero, pero he tenido que pedir la baja maternal un día antes de que se me terminara el contrato.
Mañana cuando vaya al INSS te aseguraré lo de si se tiene que comunicar. Ya lo preguntaré ya que yo ya tengo mi fin de contrato y finiquito.
Autonomos???
Hola, te veo muy informada y yo no tengo ni idea. Soy autonoma que trabaja prestando mis servicios a una asociacion. Salgo de cuentas a mediados de junio y mi contrato con dicha asociación finaliza el ultimo día de julio. Tambien tengo derecho a la prestación? quien se hará cargo de mi baja? cuando finalicen los cuatro meses, por ser autonoma, no tengo derecho a paro?
Muchas gracias!
No eres pesada
sí que le descuentan las semanas que coja de baja maternal. Pero yo le recomiendo esto porque si se le acaba el contrato también va a perder el cobro por desempleo.
Caso 1: si 1 día antes de que se le termine el contrato coge baja maternal, cobrará la baja maternal 16 semanas desde el día que haya cogido la baja, es decir, en su caso, desde el 31 de enero. Después podrá empezar a cobrar el paro a partir de que se le termine la baja maternal. "Ventaja: no habrá perdido ningún mes de paro". Vamos a poner que ella tiene 6 meses de paro:
31 de enero: coge baja maternal.
Cobra la baja maternal hasta 16 semanas después, es decir, hasta el 23 de mayo.
A partir del 23 de mayo: podrá cobrar sus 6 meses de paro. El tiempo de desempleo no se le habrá descontado.
Caso 2: Si ella sigue de baja y se le termina el contrato, le empezarán a descontar todos los días del paro. El tiempo que esté de baja más las 16 semanas de maternidad. Seguimos con el ejemplo de que ella tiene 6 meses de paro. Pues gastará de paro:
a 31 de enero se le termina el contrato.
Ella sigue de baja enfermedad común hasta el día del parto(se le descuenta este periodo del cobro del paro, es decir, pierde de cobro del paro desde el 31 de enero hasta la fecha del parto. Vamos a poner que el parto es el día 31 de marzo. (pierde 2 meses de cobro del paro, pero ha estado cobrando la baja de enfermedad común).
El 31 de marzo pasa a periodo de baja maternal (16 semanas). Tiene baja maternal 16 semanas enteras, por tanto cobrará hasta el 21 de julio.
Hasta el 21 de julio cobrará todos los meses dinero pero a partir del 21 de julio no podrá cobrar nada de desempleo porque ya lo habrá gastado.
Ella tenía 6 meses de cobro de paro:
menos 2 meses (baja enfermedad común)
menos 4 meses (baja maternidad)
igual
0 meses a cobrar de desempleo después del período de maternidad.
En cambio, si miras el primer caso, ella podrá seguir cobrando del 23 de mayo, que es cuando se le termina la baja por maternidad hasta el 23 de noviembre (ya que aun tiene los 6 meses de paro porque no se lo han descontado).
En el caso 1 puede cobrar desde el 31 de enero hasta el 23 de noviembre.
En el caso 2 puede cobrar desde el 31 de nero hasta el 21 de julio.
Si no me he explicado bien, pregunta tus dudas que yo te responderé lo mejor que pueda.
Me han hablado de otra posibilidad
Hola que tal?
Yo estoy embarazada de 18 semanas y mi contrato se acabo el 9 de diciembre estando de baja por depresión. Mi fecha prevista de parto es a mediados de Junio. He ido a informarme al Inem para saber cuanto paro tendría y me han dicho que unicamente 3 meses de un contrato que tuve de media jornada.
Una amiga me ha dicho que tengo una alternativa y es la siguiente:
Que siga de baja y cuando este de 4 meses la cambie por una baja de maternidad. Si es así, cobraría segun la base de cotización de la última empresa en la estuve y no se descontaría de mi paro. Cobraría la baja por maternidad y al finalizar esta, con que trabajara los días fuera en alguna empresa, es decir tuviera un nuevo contrato por reducido que fuera, al acabar este podría acceder al paro que tengo.
Me ha dicho que ella misma conociendo ya la información lo pregunto en el Inem para saber si realmente esto era posible y le dijeron que sí, y lo ha puesto en practica.
Esta última alternativa podría ser??
Muchas gracias por la información
Embarazada y con fin de contrato
hola ! mi nombre es ally y tengo 3 meses de embarazo , un contrato de fin de semana que me cumplira este mes ,y seguro no me lo van a renovar, 5 meses cotizados hornada completa, y e estado de baja por amenaza de aborto 3 semanas y ahora ya me an dado el alta porque ya no hay ni un peligro , tengo derecho despues de cumplir el contrato a baja por maternidad, ??
Para tortug4
En principio no lo tienes que comunicar a nadie. Si tuvieras que comunicarselo a alguien tendría que ser al INSS pero en verdad les da igual porque el INSS te seguirá pagando tu baja maternal. Supongo que cuando se te vaya a terminar la baja maternal yo iría al INEM para pedir cuando puedes solicitar el desempleo y así poder empezar a cobrar. En tu caso lo puedes hacer, ya que como se te acaba el contrato el 12 de abril se considera despido y por lo tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo. Todo y eso, yo voy mañana al INSS, "si no me he puesto de parto" y como voy a presentar los papeles lo preguntaré. Yo tenía fin de contrato 9 de enero y empecé la baja maternal el 8 de enero, antes de mi fin de contrato, por lo mismo que expliqué anteriormente, para que no me descontaran el paro. Mi fecha probable de parto es el 20 de enero, pero he tenido que pedir la baja maternal un día antes de que se me terminara el contrato.
Mañana cuando vaya al INSS te aseguraré lo de si se tiene que comunicar. Ya lo preguntaré ya que yo ya tengo mi fin de contrato y finiquito.
Por favor aconsejame
Veo que entiendes del tema y no se a quien consultar mi caso a ver si me puedes ayudar por favor.
estoy trabajando de recepcionista en un gimnasio desde hace seis meses (25 de enero al 25 de julio) y se me acaba el contrato y no me renovaran hasta que de a luz y quiera volver....
me dice mi jefe que antes de que se me acabe el contrato el 25 de julio me pida la baja para cobrar hasta mi vuelta, ya que termino con dolor de espalda.
El caso es que no se si eso es posible y como tengo que hacerlo, pido una baja por embarazo? y cuando se me acabe el contrato que?
No tengo paro porque solo he trabajado seis meses a media jornada.
por favor responedeme y ayudame si puedes, gracias
Duda existencial
Hola.
Me parece que aquí alguien pueda ayudarme...
Tengo un contrato de tres meses que termina el 29 de septiembre pero yo salgo de cuentas el 12 del mismo mes.
Se que aunque termine el contrato mi baja por maternidad seguirá hasta cumplir las 16 semanas, pero me han dicho que mi bebé crece poco y me están haciendo pruebas (hoy mismo tengo ecografía) que pasa si me dicen que algo va mal??tengo que coger la baja por maternidad ya o puede ser una baja por riesgo o una baja por enfermedad común??la verdad que ahí estoy algo perdida...
Si alguien puede asesorarme se lo agradezco muchísimo
Un besito mamis...
Baja maternidad
La baja por maternidad la puedes empezar a disfrutar un mes antes de tu fecha probable de parto
Maternidad
ola soy nueva y keria saber si me podiais ayudar estoy embarzada de 26semanas llevo 1mes de baja x ceatica y me a cumplido el contrato nose si seguir de baja ast el final o cojerme la baja maternal para despues cobrar el paro k me conviene? cobrare de maternidad lo k cobre de mi ultima nomina
Ayuda
Fin de contrato y estoy de baja por ciática puedo pasar a baja maternal tengo 17 semanas
Ayuda
Fin de contrato y estoy de baja por ciática puedo pasar a baja maternal tengo 17 semanas
Discriminada por mi embarazo
Hola manos estoy con ciática porque mi encargado me puteaba poniéndome en máquinas de pie 8 horas teniendo otras máquinas menos pesadas y con opción a sentarme .. Ese comportamiento desde q le dije de mi embarazo primero me cambio de su turno ... Luego como no lo consiguió me hacía estoy de ponerme en este tipo de máquinas hasta q me dio calambres y dolor de espalda q por poco me caigo y tuve q salir al hospital de urgencia y desde ayer estoy de baja ...
Mi contrato acaba el 11 de enero ( no me van a renovar ) no les sirvo ya ... Justo el 8 de enero cumplo las 20 semanas ... En mis planes no estaba coger la baja pero me pasó esto y ahora no sé cómo voy hacer para pasar a baja maternal .
Respuesta
Seguirás estando de baja pero yo te recomendaría otra cosa. Yo te recomendaría que un día antes de que se te termine el contrato con esta empresa pases la baja de enfermedad por la baja de maternidad. Si se te termina el contrato la baja de maternidad te la descontarán del desempleo, es decir, que perderás 4 meses de paro. Si coges la baja de maternidad cobrarás el 100% de la base reguladora de la empresa en la que estabas trabajando y cobrarás las 16 semanas de maternidad pero sin perder 4 meses de desempleo. Eso sí, tienes que reunir un requisito y es que las 6 semanas de la baja maternal tienen que ser después del parto. Después puedes pedir el desempleo porque como es la empresa la que no te renovó el contrato pues es un despido, y por tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo después de las 16 semanas de maternidad.
Bien
Pero mira le pregunte a mi médico y dijo q el no se entera lo del tema de las bajas q pida cita con la comadrona ... Quiero cogerla por embarazo de riesgo ya q mi embarazo me lo llevan en el vall de hebron por mi embarazo anterior ( preclamcia grave) ... Pero ese informe no sé quien me lo tiene q hacer .????
Gracias por contestarme es q no puedo ni dormir del dolor que tengo en la espalda y a la vez preocupación por todo lo q me está pasando .
Explicación
Sí, has entendido bien. Lo de las 6 semanas que tienen que ser después del parto es:
Tenemos 16 semanas de baja maternal.
10 semanas las puedes solicitar antes del parto y 6 después del parto obligatoriamente. Las 6 semanas tienen que ser después del parto por lo de la cuarentena.
El médico de cabecera es el que cambiará la baja de enfermedad por la baja de maternidad.
Yo, lo he hecho el día 8 de enero.
Unas dudas
para lo de la baja maternal que son las 16 semanas, a quien se lo pides para que te lo paguen? anda bastante perdida con este tema.
gracias de ante mano
Respuesta
Seguirás estando de baja pero yo te recomendaría otra cosa. Yo te recomendaría que un día antes de que se te termine el contrato con esta empresa pases la baja de enfermedad por la baja de maternidad. Si se te termina el contrato la baja de maternidad te la descontarán del desempleo, es decir, que perderás 4 meses de paro. Si coges la baja de maternidad cobrarás el 100% de la base reguladora de la empresa en la que estabas trabajando y cobrarás las 16 semanas de maternidad pero sin perder 4 meses de desempleo. Eso sí, tienes que reunir un requisito y es que las 6 semanas de la baja maternal tienen que ser después del parto. Después puedes pedir el desempleo porque como es la empresa la que no te renovó el contrato pues es un despido, y por tanto, tienes derecho a cobrar el desempleo después de las 16 semanas de maternidad.
Qué pasa con la maternidad
Hola esto no es así, se te termina el contrato pide el paro cuando nazca el bebé se te paraliza el paro y cobras las 16 de maternidad el 100% de tu cotización y cuando termines las 16 semanas se te reanuda el paro
Duda existencial
Hola.
Me parece que aquí alguien pueda ayudarme...
Tengo un contrato de tres meses que termina el 29 de septiembre pero yo salgo de cuentas el 12 del mismo mes.
Se que aunque termine el contrato mi baja por maternidad seguirá hasta cumplir las 16 semanas, pero me han dicho que mi bebé crece poco y me están haciendo pruebas (hoy mismo tengo ecografía) que pasa si me dicen que algo va mal??tengo que coger la baja por maternidad ya o puede ser una baja por riesgo o una baja por enfermedad común??la verdad que ahí estoy algo perdida...
Si alguien puede asesorarme se lo agradezco muchísimo
Un besito mamis...
Duda
Puede ser baja por emfermedad común, por riesgo no ,ya que si ya no estás trabajando no tienes riesgo una vez que nazca tu bebe cobraras la maternidad ya que la baja de maternidad te la da tu médica eso sí el tiempo que estés de baja por enfermedad ya terminado el contrato te lo descontarán del paro